Las retención en la fuente son valores que un pagador descuenta o separa al pagar o acreditar una operación, para declararlos y pagarlos al Servicio de Rentas Internas. En Ecuador, las retención más frecuentes en contabilidad privada corresponden al Impuesto a la Renta y al Impuesto al Valor Agregado (IVA).123
La retención no se decide solo por el comprobante recibido. Primero se identifica si el pagador tiene calidad de agente de retención, contribuyente especial o sujeto obligado en un caso específico; luego se clasifica la operación, el impuesto, la base, el porcentaje, el momento de retención, el comprobante y la declaración.1
Esta página explica el sistema general. Los artículo especializados de IVA, comprobantes de retención, formularios, RIMPE, servicios digitales o renta tratan sus temas con mayor detalle; aquí se mantiene la matriz comun para decidir si una operación debe retenerse y como controlarla.
#Archivos completos
| Archivo público | Contenido | Filas |
|---|---|---|
| Porcentajes de retención en la fuente de Impuesto a la Renta de la resolución NAC-DGERCGC26-00000009, desglosados por literal o regla4 | Porcentajes de retención en la fuente de Impuesto a la Renta de la resolución NAC-DGERCGC26-00000009, desglosados por literal o regla. | 38 |
| Excepción, reglas complementarias y reglas transitorias de la resolución NAC-DGERCGC26-000000095 | excepción, reglas complementarias y reglas transitorias de la resolución NAC-DGERCGC26-00000009. | 13 |
| Matriz general de porcentajes de retención de IVA6 | Matriz general de porcentajes de retención de IVA publicada por el SRI para contribuyentes especiales, agentes, no agentes y exportadores habituales. | 20 |
| Matriz de sujetos que pueden actuar como agentes, contribuyentes especiales, intermediarios o retenedores por caso específico7 | Matriz de sujetos que pueden actuar como agentes, contribuyentes especiales, intermediarios o retenedores por caso específico. | 9 |
| Secuencia de decisión para determinar si se retiene, que impuesto se calcula, cuando se documenta y como se concilia8 | Secuencia de decisión para determinar si se retiene, que impuesto se calcula, cuando se documenta y como se concilia. | 10 |
| Campos de control del comprobante de retención y riesgo operativo cuando fallan9 | Campos de control del comprobante de retención y riesgo operativo cuando fallan. | 10 |
| Cruces mínimos entre compra, pago, comprobante, declaración, anexos, bancos y crédito10 | Cruces mínimos entre compra, pago, comprobante, declaración, anexos, bancos y crédito. | 10 |
Los archivos de datos conservan la fuente pública en cada fila para que la tabla pueda actualizarse o cruzarse con sistemas contables sin perder trazabilidad. La página mantiene el criterio operativo; los archivos contienen el detalle tabular completo de las matrices usadas aquí.
#Alcance
| Incluye | No incluye |
|---|---|
| Concepto de retención en la fuente y diferencia entre renta e IVA. | Determinacion personalizada de una operación sin revisar documentos. |
| Agentes de retención, contribuyentes especiales y sujetos no designados que retienen en casos específicos. | catálogo históricos de resolución derogadas. |
| Porcentajes vigentes de retención de Impuesto a la Renta según resolución NAC-DGERCGC26-00000009. | Tratamiento completo de relación de dependencia, herencias, dividendos o pagos al exterior como página independientes. |
| Resumen operativo de retención de IVA, incluida la matriz principal y servicios digitales. | Desarrollo completo de todos los casilleros del formulario IVA. |
| RIMPE, momento de retención, comprobantes, declaración, archivo y conciliación. | Defensa, reclamo, impugnacion o auditoría sancionatoria de un caso específico. |
#retención de renta y retención de IVA
| Criterio | Impuesto a la Renta | IVA |
|---|---|---|
| Que se retiene | Una parte del ingreso gravado que recibe el proveedor, beneficiario o perceptor. | Una parte del IVA causado en una adquisicion gravada con tarifa distinta de 0%. |
| Base usual | Pago o acreditacion en cuenta que constituye renta gravada, salvo regla específica. | IVA causado, no el total de la factura. |
| Quién soporta economicamente | Quién recibe el ingreso. | El proveedor que causa IVA; el comprador retiene y paga al SRI. |
| Quién declara como agente | El pagador obligado a retener. | El adquirente obligado a retener. |
| Uso por el retenido | crédito tributario de Impuesto a la Renta o valor imputable según declaración. | crédito contra IVA causado o saldo por retención. |
| Comprobante | Comprobante de retención, salvo supuestos excepcionales previstos por norma. | Comprobante de retención, estado de cuenta u otro soporte permitido en casos especiales. |
En una misma compra pueden coexistir retención de renta y retención de IVA. Por ejemplo, una compra gravada con IVA a un proveedor sujeto a retención puede exigir retener un porcentaje sobre el ingreso para renta y otro porcentaje sobre el IVA causado. Se registran y declaran por separado.
#Agentes de retención y contribuyentes especiales
El SRI usa dos calificaciones que suelen aparecer juntas pero no son identicas: agente de retención y contribuyente especial. La designacion de agente o contribuyente especial puede hacerse mediante resolución general o acto administrativo motivado, se actualiza en catastros y certificado RUC, y se mantiene hasta que el SRI la revoque. La suspensión del RUC no elimina por si sola la designacion.1
| Figura | Como se verifica | Efecto principal |
|---|---|---|
| Agente de retención designado | Catastro SRI, certificado RUC y resolución de designacion. | Retiene Impuesto a la Renta e IVA en las operaciones alcanzadas por su designacion y normativa. |
| Contribuyente especial | Catastro SRI, certificado RUC y resolución de calificacion. | Actua como agente de retención por disposicion normativa, con reglas propias de declaración y pago. |
| Sujeto no designado ni especial | RUC y análisis de operación específica. | Retiene solo en casos previstos por el Reglamento y resolución. |
| Emisor de tarjeta, entidad financiera o intermediario | Calidad institucional y tipo de pago. | Puede retener por pagos a afiliados, convenios, servicios digitales o casos específicos. |
| Empresa de seguros o reaseguros | Calidad del pagador y origen del pago. | Retiene en pagos a proveedores o por cuenta de terceros en sus obligaciones contractuales. |
El archivo de datos sobre matriz de sujetos que pueden actuar como agentes, contribuyentes especiales,7 separa estas calidades para carga tabular. La lectura operativa es la siguiente: quien tiene designacion general retiene por la normativa aplicable a sus adquisiciones; quien no la tiene solo retiene cuando el Reglamento, la LRTI o una resolución crean una obligación específica para esa operación.
#Parametros de calificacion
El SRI indica que para calificar agentes de retención considera, entre otros, parametros de los dos ultimos ejercicios fiscales: obligación de llevar contabilidad, perfil positivo de cumplimiento, ausencia de deudas tributarias firmes relacionadas con retención, carga tributaria compatible con su sector, no haber sido calificado como empresa fantasma o con transacciones inexistentes y otros criterios de control. Para contribuyentes especiales considera, entre otros, activos, volumen y relevancia de transacciones, y participación en la recaudación tributaria.1
| Parametro | Lectura contable |
|---|---|
| obligación de llevar contabilidad | El contribuyente tiene estructura formal para registrar, declarar y conciliar retención. |
| Perfil de cumplimiento | La designacion busca sujetos con mejor control de obligación. |
| Sin deudas firmes relacionadas con retención | El SRI considera historial de pago y cumplimiento. |
| Carga tributaria sectorial | Se compara el impuesto causado y los ingresos con el sector económico. |
| No empresa fantasma o inexistente | La calidad del contribuyente afecta confianza y control tributario. |
| Activos, volumen y relevancia | Para contribuyentes especiales, el peso económico y recaudatorio es central. |
#Secuencia de decisión
La decisión completa no empieza por el porcentaje. Primero se identifica al pagador, después la obligación de retener, luego el impuesto y finalmente la base, porcentaje, comprobante y declaración. El archivo de datos sobre secuencia de decisión para determinar si se retiene, que impuesto8 contiene está misma secuencia en formato reutilizable.
| Orden | Pregunta | Si | No |
|---|---|---|---|
| 1 | El pagador es contribuyente especial o agente de retención designado | Continuar como agente general de retención. | Revisar si existe un caso específico que obligue a retener. |
| 2 | El pagador no designado encaja en un caso específico de renta o IVA | Retener solo por ese caso. | No retener como agente general. |
| 3 | La operación genera ingreso gravado para renta | Clasificar concepto y porcentaje de renta. | No aplicar retención de renta salvo regla especial. |
| 4 | La operación causa IVA con tarifa distinta de 0% | Revisar matriz de IVA. | No retener IVA porque no hay IVA causado. |
| 5 | El receptor tiene calidad especial o RIMPE | Aplicar regla especial si existe. | Aplicar regla general por concepto. |
| 6 | Hay varios conceptos con porcentajes de renta distintos | Separar bases por concepto. | Aplicar porcentaje único al concepto identificado. |
| 7 | El pago es al exterior o a no residente | Aplicar regla de no residente y verificar convenio. | Continuar con reglas locales. |
| 8 | El pago o crédito en cuenta ya ocurrio | Emitir comprobante y declarar en el período correspondiente. | Preparar la retención cuando ocurra el primer evento. |
| 9 | El comprobante de retención está autorizado o soportado | Usarlo para conciliación y declaración. | Corregir o reemitir según proceda. |
| 10 | declaración, anexo, banco y auxiliar cuadran | Cerrar período. | Investigar diferencia antes de enviar o sustituir. |
#Quienes retienen Impuesto a la Renta
La página oficial del SRI indica tres grupos principales de agentes de retención de Impuesto a la Renta: contribuyentes especiales, contribuyentes designados por la administración Tributaria y contribuyentes no designados ni especiales solo en las operaciones previstas por el Reglamento.1
| Sujeto | Alcance |
|---|---|
| Contribuyente especial | Retiene en todas sus adquisiciones conforme normativa. |
| Agente designado por el SRI | Retiene en todas sus adquisiciones conforme normativa. |
| No designado ni especial | Retiene solo en los casos específicos del numeral 2 del artículo 92 del Reglamento para la aplicación de la LRTI. |
| Persona natural agente de retención | Retiene por adquisiciones de bienes y servicios relacionados con su actividad generadora de renta. |
| Agente, representante, intermediario o mandatario | Si compra o contrata en nombre de un tercero que es agente de retención, efectua la retención por cuenta de ese tercero.11 |
#Casos en que retienen sujetos no designados para renta
Los contribuyentes que no son designados ni calificados como agentes o contribuyentes especiales solo retienen renta en operaciones específicas. El SRI destaca, entre otras, las siguientes:1
| Caso | Control |
|---|---|
| Distribucion de dividendos, incluidos dividendos anticipados | Revisar beneficiario, residencia, ingreso gravado y regla de dividendos. |
| Enajenacion directa o indirecta de derechos representativos de capital | Revisar utilidad en enajenacion de acciones o derechos. |
| Pagos y reembolsos al exterior o pagos a no residentes | Revisar LRTI, Reglamento, convenio para evitar doble imposicion y residencia fiscal. |
| Remuneraciones, bonificaciones, comisiones y otros pagos a trabajadores | Aplicar régimen específico de relación de dependencia. |
| Espectaculo público ocasional con extranjeros no residentes | Revisar organizador, participante, residencia y base. |
| Pagos de emisoras de tarjetas a establecimientos afiliados | Revisar canal de pago y concepto. |
| Loterias, rifas, apuestas y similares | Aplicar regla específica, salvo excepciones previstas. |
| Donaciones en dinero realizadas por sociedades o personas naturales obligadas a llevar contabilidad | Retener antes de entregar lo donado al beneficiario. |
| intereses o rendimientos financieros pagados por sociedades | Revisar tipo de rendimiento, pagador y perceptor. |
| comercialización de sustancias minerales | Revisar licencia de comercialización y resolución aplicable. |
| Cesiones o transferencias de cesiones hidrocarburiferas | Revisar disposicion transitoria y soporte contractual. |
| emisión de liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios | Retener exclusivamente en operaciones sustentadas por esas liquidaciones. |
| Compras de banano y otras musaceas a productores locales | Aplicar régimen específico de banano y musaceas. |
#Quienes retienen IVA
Para IVA, son agentes de retención contribuyentes especiales, agentes designados por el SRI, emisoras de tarjetas de crédito o débito, empresas de seguros y reaseguros, y sujetos no incluidos en esos grupos solo en operaciones específicas previstas por el Reglamento.1
| Sujeto | operaciones principales |
|---|---|
| Contribuyentes especiales | Adquisiciones de bienes, derechos o servicios gravados con tarifa distinta de 0%, con porcentajes y excepción vigentes. |
| Agentes de retención designados | Adquisiciones gravadas con tarifa distinta de 0%, conforme normativa. |
| Emisoras de tarjetas de crédito o débito | Pagos de IVA a proveedores, pagos a establecimientos afiliados y servicios digitales importados en casos previstos. |
| Empresas de seguros y reaseguros | Pagos a proveedores y pagos por cuenta de terceros derivados de obligaciones contractuales. |
| Sociedades, personas naturales y sucesiones no designadas | importación de servicios y operaciones sustentadas por liquidaciones de compra. |
| Sujetos de IVA presuntivo | Casos establecidos por la LRTI, Reglamento y resolución. |
| Entidades del sistema financiero | Pagos, acreditaciones o crédito en cuenta amparados en convenios de recaudación o débito. |
| Sociedades de proyectos públicos APP | actúan como agentes en terminos equivalentes a empresas públicas para IVA. |
#Porcentajes de retención de Impuesto a la Renta 2026
La resolución NAC-DGERCGC26-00000009 estableció los porcentajes de retención en la fuente de Impuesto a la Renta aplicables desde el 1 de marzo de 2026 y derogo la resolución anterior incompatible.1112
La tabla siguiente agrupa las reglas por porcentaje para lectura rapida. El archivo de datos sobre porcentajes de retención en la fuente de Impuesto a la4 desglosa cada literal o regla de la resolución en filas separadas.
| Porcentaje | Pagos o acreditaciones principales |
|---|---|
| 0% | intereses pagados a bancos y entidades bajo vigilancia de Superintendencia de Bancos o Economia Popular y Solidaria, salvo casos específicos; liquidaciones de compra por actividades de personas privadas de libertad en programas de reinsercion; adquisiciones a RIMPE negocios populares por actividades del régimen cuando se emite comprobante preimpreso. |
| 1% | Transporte privado de pasajeros, transporte público de carga y transporte privado de carga; bienes agricolas, avicolas, pecuarios, apicolas, cunicolas, bioacuaticos, forestales y carnes en estado natural comprados directamente al productor, salvo banano sujeto a regla específica; adquisiciones a RIMPE emprendedores. |
| 1,75% | Bienes agricolas, avicolas, pecuarios, apicolas, cunicolas, bioacuaticos, forestales y carnes en estado natural adquiridos a comercializadores no productores. |
| 2% | Energia electrica; pagos de emisoras de tarjetas y entidades financieras a establecimientos afiliados o por consumos con débito; primas o cesion de primas de seguros y reaseguros; enajenacion de derechos representativos de capital no cotizados; recepción de botellas plasticas PET cuando supera condiciones de la resolución; sustancias minerales; cuotas de arrendamiento mercantil; construccion, urbanizacion, lotizacion o similares; adquisicion de bienes muebles corporales; intereses y comisiones entre entidades financieras vigiladas; pagos de sistemas auxiliares de pago, agregadores o mercados en linea a terceros, afiliados e ingresos propios. |
| 3% | Servicios de personas naturales donde prevalece la mano de obra; intereses reconocidos por el sector público; facturas de medios de comunicacion y agencias de publicidad; intereses, descuentos y rendimientos financieros; intereses y comisiones por ventas a crédito sumados al valor de la mercaderia; liquidaciones de compra a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, no inscritas en RUC o con RUC suspendido en los casos previstos. |
| 5% | Servicios profesionales prestados por sociedades residentes o establecimientos permanentes en Ecuador; comisiones pagadas a sociedades residentes o establecimientos permanentes. |
| 10% | Honorarios, comisiones y pagos a personas naturales residentes por servicios donde prevalece el intelecto; pagos por imagen o renombre a personas naturales o sociedades residentes, incluidos artistas, deportistas, entrenadores, arbitros, cuerpo técnico e influenciadores; docencia de personas naturales; actividades notariales; canones, regalias y derechos de propiedad intelectual; ganancias por enajenacion de derechos representativos de capital cotizados; arrendamiento de inmuebles; pagos a deportistas, entrenadores, arbitros y cuerpo técnico sin relación de dependencia; actividades de artistas residentes cuando el receptor es persona natural. |
| 3% por defecto | Pagos o crédito en cuenta no contemplados en porcentajes específicos de la resolución. |
| Tarifa general de sociedades | Pagos a no residentes por servicios ocasionalmente prestados en Ecuador y otros pagos al exterior distintos a utilidades o dividendos, según LRTI y Reglamento. |
| Maxima tarifa de personas naturales | Pagos a residentes, constituidos o ubicados en paraisos fiscales, jurisdicciones de menor imposicion o régimen fiscales preferentes, cuando aplica la regla de la resolución. |
#excepción de renta
La resolución NAC-DGERCGC26-00000009 indica que no procede retención en la fuente de Impuesto a la Renta en los siguientes casos principales:11
El archivo de datos sobre excepción, reglas complementarias y reglas transitorias de la resolución NAC-DGERCGC26-000000095 separa las excepción de renta, pluralidad de porcentajes, pagos al exterior, intermediarios, momento de retención y regla transitoria de marzo de 2026.
| excepción | Control |
|---|---|
| Pagos o crédito que son ingresos exentos para quien los percibe | Confirmar exencion legal del perceptor y soporte. |
| Ingresos de trabajo en relación de dependencia | Tienen régimen específico de retención. |
| Pagos con tarjeta o débito a agregadores o mercados en linea | Aplican reglas específicas de resolución para esos intermediarios. |
| Pagos entre sociedades consideradas agregadores de pago | Sin perjuicio de retención por ingresos propios o por pagos a terceros cuando correspondan. |
| Compra de combustible | No procede retención de renta salvo norma expresa distinta. |
| Pagos sobre los que la normativa establezca expresamente no retener | Exigir soporte normativo vigente. |
#Pluralidad de porcentajes
Cuando un contribuyente provee bienes o servicios sujetos a diferentes porcentajes de retención de renta, la retención se aplica sobre el valor de cada bien o servicio con su porcentaje correspondiente, aunque consten en el mismo comprobante. Si los valores no estan separados, se aplica el porcentaje más alto.11
| Situación | Que hacer |
|---|---|
| Factura separa bienes y servicios | Aplicar porcentaje por cada concepto. |
| Factura mezcla conceptos sin desglose | Aplicar el porcentaje más alto aplicable. |
| intereses o comisiones por venta a crédito | Sumarlos al valor de la mercaderia para retener sobre el total cuando aplica. |
| Pago al exterior con varias naturalezas | Separar servicios, regalias, reembolsos, dividendos, intereses u otros conceptos antes de aplicar tarifa. |
#Resumen de porcentajes de IVA
Los porcentajes de retención de IVA se determinan principalmente por la resolución NAC-DGERCGC20-00000061 y sus reformas. La página oficial del SRI resume una matriz general por tipo de comprador y proveedor, y advierte revisar la resolución para casos especiales.1
La tabla siguiente resume la lectura operativa. El archivo de datos sobre matriz general de porcentajes de retención de IVA6 conserva la matriz general por comprador, vendedor, tipo de operación, porcentaje y fuente.
| relación u operación | Porcentaje general de IVA retenido |
|---|---|
| Contribuyente especial compra bienes a otro contribuyente especial | 10% |
| Contribuyente especial adquiere servicios o consultoria a otro contribuyente especial | 20% |
| Agente de retención compra bienes o contratos de construccion a contribuyente especial | 30% en los casos destacados por el SRI. |
| Agente de retención adquiere servicios o consultoria a contribuyente especial | 70% en los casos destacados por el SRI. |
| Agente de retención o contribuyente especial adquiere servicios profesionales de personas naturales, arrendamiento de inmuebles de personas naturales, liquidaciones de compra, dietas u honorarios de cuerpos colegiados | 100% en los casos destacados por el SRI. |
| Agente de retención adquiere bienes o contratos de construccion a sujeto no especial | 30% en la matriz general. |
| Agente de retención adquiere servicios o consultoria a sujeto no especial | 70% en la matriz general. |
| No calificado como agente de retención | No retiene, excepto cuando emite liquidación de compra o en casos específicos; en liquidación de compra la matriz SRI destaca 100% del IVA causado. |
| Exportadores habituales calificados como agentes o contribuyentes especiales | 30% en contratos de construccion y 100% en compra de bienes, servicios, consultoria, servicios profesionales, arrendamiento, liquidaciones, dietas u otros emolumentos listados por el SRI. |
La retención de IVA se calcula sobre el IVA causado, no sobre la base total. Si la operación está gravada con tarifa 0%, es exenta o no objeto, no hay IVA causado que retener.
#Servicios digitales importados
El SRI indica que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o débito y los intermediarios de pago retienen el 100% del IVA generado en la importación de servicios digitales por cuenta de clientes cuando el prestador no residente no está registrado en el SRI y consta en el catastro de prestadores de servicios digitales gravados con tarifa distinta de 0%. si no existe intermediario, la retención del 100% la realiza el contribuyente conforme el Reglamento y resoluciones aplicables.1
| Caso | Responsable de retener |
|---|---|
| Pago con tarjeta o intermediario a prestador digital no residente no registrado y en catastro | Emisora de tarjeta o intermediario de pago. |
| Pago sin intermediario a prestador digital no residente no registrado | Contribuyente importador del servicio. |
| Prestador digital no residente registrado en SRI | Revisar regla del catastro, facturacion y declaración aplicable. |
#RIMPE
La página oficial de agentes de retención indica que los contribuyentes RIMPE Emprendedores estan sujetos a retención en la fuente de Impuesto a la Renta del 1,0% sobre actividades empresariales reguladas por el régimen, mientras que a los Negocios Populares no se les aplica retención de renta, es decir 0%. Si el contribuyente obtiene ingresos por actividades ajenas al RIMPE, se aplican los porcentajes que correspondan según la normativa vigente. Para IVA no existe un porcentaje específico RIMPE; se usan los porcentajes generales aplicables.1
| Contribuyente RIMPE | Renta | IVA |
|---|---|---|
| Emprendedor en actividad del régimen | 1% según regla SRI. | Sin porcentaje especial; aplicar regla general si hay IVA causado y comprador obligado. |
| Negocio popular en actividad del régimen | 0% en renta. | Revisar si existe IVA causado, tipo de comprobante y regla general. |
| Actividad fuera del régimen | Porcentaje según actividad y normativa general. | Porcentaje general aplicable según operación y partes. |
#Momento de la retención
Para retención de Impuesto a la Renta, la resolución NAC-DGERCGC26-00000009 indica que la retención se efectua en el momento en que se realice el pago o se acredite en cuenta, lo que ocurra primero. La regla operativa de IVA sigue el mismo criterio general cuando se paga o acredita el IVA contenido en el comprobante, salvo casos especiales como servicios digitales.11
| Momento | Efecto |
|---|---|
| Pago antes de registrar la cuenta por pagar | La retención puede nacer al pago. |
| crédito en cuenta antes del pago | La retención puede nacer al registro contable de la obligación. |
| importación de servicio digital | Revisar momento del pago, intermediario y catastro. |
| Agregadores de pago o mercados en linea | La resolución permite emitir un solo comprobante mensual respecto del tercero o establecimiento afiliado para operaciones realizadas durante el mes. |
| Primera quincena de marzo de 2026 | La Resolución 2026 permitio emitir comprobantes de retención de renta hasta el 31 de marzo de 2026 por adecuacion de sistemas, sin incumplimiento ni sancion. está fue una regla transitoria puntual.12 |
#Comprobante de retención
El comprobante de retención documenta la retención practicada. Debe vincularse con la operación que origina la retención, el impuesto retenido, la base, el porcentaje, el proveedor o sujeto retenido y el comprobante de venta relacionado.
| Dato | Control |
|---|---|
| Agente de retención | RUC, razon social, calidad de agente o contribuyente especial y resolución cuando corresponda. |
| Sujeto retenido | identificación del proveedor, beneficiario o perceptor. |
| Comprobante origen | Factura, liquidación de compra u otro documento que origina la retención. |
| Impuesto | Separar Impuesto a la Renta e IVA. |
| Base | Valor sobre el que se aplica el porcentaje; para IVA, el IVA causado. |
| Porcentaje | Debe coincidir con resolución vigente y tipo de operación. |
| Valor retenido | Debe cuadrar con contabilidad y declaración. |
| Fecha | Define período de declaración y pago. |
| autorización electrónica | Si es comprobante electrónico, verificar XML, firma, autorización y estado. |
| anulación o sustitución | Revisar estado vigente del comprobante y soporte de anulación o corrección. |
El archivo de datos sobre campos de control del comprobante de retención y riesgo operativo9 desarrolla estos campos como matriz de control. El punto critico es que el PDF o representacion impresa no reemplaza al XML autorizado cuando el comprobante es electrónico; el control debe conservar autorización, estado, clave de acceso y trazabilidad con la operación.
#declaración, pago y anexos
Las retenciones efectuadas se declaran y pagan dentro del período que corresponda. El SRI pública formularios, instructivos, anexos y calendarios para preparar declaración. En IVA, la página oficial indica declaración mensual cuando se efectuan retención en la fuente de IVA.313
| obligación | Control |
|---|---|
| declaración de retención de renta | retenciones efectuadas por pagos, acreditaciones y conceptos sujetos a renta. |
| declaración de IVA | retención de IVA efectuadas y retenciones recibidas, separadas por rol. |
| ATS u otros anexos | Compras, ventas, comprobantes, retención, importación y terceros deben cuadrar con formularios. |
| Pago | Valor retenido no es ingreso propio del agente; es obligación frente al SRI. |
| Sustitutivas | Si se corrige, revisar comprobantes, períodos, anexos, intereses, multas y crédito del retenido. |
#Plazos ordinarios
Los vencimientos dependen de la obligación, periodicidad, tipo de contribuyente y noveno dígito. Para IVA, el SRI pública la tabla mensual ordinaria por noveno dígito; para renta anual, la página de Impuesto a la Renta distingue personas naturales y sociedades. Contribuyentes especiales tienen reglas específicas de vencimiento para ciertas obligación.2314
| Control de plazo | Uso |
|---|---|
| Noveno dígito del RUC o cedula | Determina fechas ordinarias de muchas declaración. |
| Tipo de contribuyente | Persona natural, sociedad, contribuyente especial, institución del Estado, empresa pública o Galapagos pueden variar el vencimiento. |
| Periodicidad | Mensual, semestral o anual según impuesto y obligación. |
| Feriados y descanso obligatorio | Revisar traslado o adelanto según regla aplicable del SRI. |
| Regla transitoria | No extender excepción temporales fuera de su período y resolución. |
#retenciones recibidas
Para el proveedor o perceptor, una retención recibida puede servir como crédito o valor imputable en su declaración. La retención recibida no debe registrarse como gasto ni como perdida automática; normalmente se controla en cuenta de crédito tributario o anticipo de impuesto, según el impuesto retenido y la contabilidad del contribuyente.
| retención recibida | Uso |
|---|---|
| Renta | crédito tributario contra el Impuesto a la Renta causado o valor a imputar según formulario y normativa. |
| IVA | crédito contra IVA causado o saldo por retención cuando no puede compensarse. |
| Sin comprobante | No usar como crédito sin soporte suficiente. |
| Duplicada | Corregir auxiliar y declaración antes de usarla. |
| Anulada | Retirar o ajustar según estado y período. |
#Archivo y conciliación
| Cruce | Pregunta |
|---|---|
| Compras y pagos | Toda retención efectuada responde a una operación real, comprobante y pago o crédito en cuenta. |
| Comprobantes de retención | Todo valor retenido tiene comprobante emitido, autorizado o soporte equivalente. |
| Proveedores | El sujeto retenido, RUC, factura, base e impuesto coinciden. |
| declaración | retenciones efectuadas y recibidas coinciden con formularios. |
| Anexos | ATS u otros anexos reflejan los mismos comprobantes y valores. |
| Bancos | Pagos netos al proveedor más retención igualan obligación total. |
| Saldos | retenciones recibidas no compensadas se arrastran o solicitan según regla vigente. |
| Cambios normativos | Sistemas, porcentajes y conceptos se actualizan desde la fecha de vigencia. |
El archivo de datos sobre cruces mínimos entre compra, pago, comprobante, declaración, anexos, bancos y10 convierte estos cruces en evidencia mínima. La conciliación debe probar tres cosas distintas: que la retención nacio de una operación real, que el agente pago al SRI lo retenido y que el retenido conserva soporte para imputar el crédito cuando corresponda.
#Checklist antes de retener
| Paso | Pregunta de control |
|---|---|
| 1. Identificar al pagador | Es agente, contribuyente especial, emisor de tarjeta, entidad financiera, aseguradora, importador o sujeto obligado por caso específico. |
| 2. Identificar al receptor | Es contribuyente especial, RIMPE, no residente, persona natural, sociedad, institución pública u otro sujeto con tratamiento especial. |
| 3. Clasificar la operación | Bien, servicio, consultoria, comision, arrendamiento, construccion, rendimiento financiero, pago al exterior, liquidación de compra, servicio digital u otro. |
| 4. Separar impuestos | Renta e IVA se calculan con bases y reglas diferentes. |
| 5. Determinar base | Renta: ingreso gravado o base específica; IVA: IVA causado. |
| 6. Aplicar porcentaje | Usar resolución vigente y regla de pluralidad si hay varios conceptos. |
| 7. Emitir comprobante | Documentar retención con datos completos y autorización cuando corresponda. |
| 8. Declarar y pagar | Incluir en formulario correcto y pagar dentro del plazo. |
| 9. Conciliar | Comprobante, pago, retención, declaración, anexo y saldo deben cuadrar. |
| 10. Archivar | Guardar XML, autorización, soporte de operación y evidencia de cambios. |
#Errores frecuentes
| Error | Riesgo |
|---|---|
| Aplicar porcentajes anteriores a marzo de 2026 en renta | Diferencias por resolución vigente y posibles sanciones. |
| Retener renta sobre pagos exentos | retención indebida y reclamos del proveedor. |
| Calcular IVA sobre el total de factura | La retención de IVA se calcula sobre el IVA causado. |
| Confundir agente designado con contribuyente especial | Puede aplicar mal la regla de retención o de declaración. |
| No revisar RIMPE | Renta puede ser 1% o 0% según categoria y actividad; IVA no tiene porcentaje RIMPE especial. |
| Usar una sola tarifa cuando hay varios conceptos | si no se separa, puede aplicarse el porcentaje mayor. |
| No emitir comprobante de retención | El retenido pierde soporte y el agente queda con incumplimiento formal. |
| Registrar retenciones recibidas como efectuadas | Mezcla crédito del contribuyente con deuda frente al SRI. |
| No actualizar sistemas ante resolución nuevas | Comprobantes, declaración y anexos quedan inconsistentes. |
| Tomar una excepción transitoria como regla permanente | Las excepción de plazo se aplican solo al período expresamente regulado. |
#Referencias
- Servicio de Rentas Internas. "Normativa para agentes de retención y contribuyentes especiales". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Impuesto a la Renta". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Impuesto al Valor Agregado IVA". sri.gob.ec
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-renta-porcentajes-2026.csv. Descarga: retenciones-renta-porcentajes-2026.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-renta-excepciones-2026.csv. Descarga: retenciones-renta-excepciones-2026.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-iva-matriz-general.csv. Descarga: retenciones-iva-matriz-general.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-fuente-sujetos.csv. Descarga: retenciones-fuente-sujetos.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-fuente-decision.csv. Descarga: retenciones-fuente-decision.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-fuente-comprobante.csv. Descarga: retenciones-fuente-comprobante.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-fuente-conciliacion.csv. Descarga: retenciones-fuente-conciliacion.csv
- Servicio de Rentas Internas. "resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000009: porcentajes de retención en la fuente de Impuesto a la Renta". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "El SRI estableció nuevos porcentajes de retención y califico a nuevos agentes de retención". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Formularios e instructivos". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Calendario tributario". sri.gob.ec