La retención de IVA es el mecanismo por el cual un agente de retención no entrega al proveedor todo el IVA causado en una compra, sino que retiene un porcentaje y lo declara y paga al Servicio de Rentas Internas. Para el proveedor, la retención recibida funciona como crédito contra su IVA causado o como saldo por retención cuando no puede compensarla en el período.123

En Ecuador, los porcentajes generales y casos especiales de retención de IVA se regulan principalmente mediante la resolución NAC-DGERCGC20-00000061 y sus reformas, ademas de la Ley de régimen Tributario Interno, su Reglamento, normas de comprobantes y reglas específicas para servicios digitales, exportadores, combustibles, construccion y liquidaciones de compra.4

Esta página explica el mecanismo completo. No reemplaza la revisión del RUC, catastro, comprobante, actividad, calidad de agente de retención, calidad de contribuyente especial, tarifa del bien o servicio ni normativa vigente del período.

#Archivos completos

Archivo públicoContenidoFilas
Matriz consultable de comprador, vendedor u operación, tipo de operación, porcentaje retenido, control operativo y fuente oficial5Matriz consultable de comprador, vendedor u operación, tipo de operación, porcentaje retenido, control operativo y fuente oficial.20

La matriz en archivo de datos acompaña las tablas de esta página para que los porcentajes puedan revisarse como datos. El texto explica las reglas, límites y controles; el archivo conserva cada fila con su fuente pública.

#Alcance

IncluyeNo incluye
Quienes son agentes de retención de IVA y en que casos deben retener.Determinacion personalizada de una transacción concreta sin revisar documentos.
Sujetos a los que no se retiene, salvo excepción.Desarrollo completo de retención de Impuesto a la Renta.
Porcentajes operativos de IVA: 10%, 20%, 30%, 70% y 100%, más casilleros del formulario.Reproducción integra de la resolución o de todas sus reformas.
importación de servicios, servicios digitales, combustibles, construccion, exportadores y recursos no renovables.guía completa del formulario IVA, crédito tributario o servicios digitales como tema independiente.
Momento, comprobante, declaración, crédito y controles.auditoría documental de comprobantes específicos.

#Regla base

Solo se retiene IVA cuando existe una operación gravada con tarifa diferente de 0% y el adquirente tiene calidad o situación que lo obliga a retener. Primero se clasifica la operación; después se decide si procede retención y con que porcentaje.14

PreguntaResultado
La operación está gravada con tarifa diferente de 0%Puede existir retención si el comprador es agente o si hay caso especial.
La operación es tarifa 0%, exenta o no objetoEn general no hay IVA causado que retener.
El adquirente es agente de retención o contribuyente especialDebe revisar porcentajes y excepción.
El proveedor es contribuyente especial o sujeto no retenidoPuede no retenerse o aplicar porcentajes especiales, según el caso.
Se emite liquidación de compraPuede generarse retención del 100% del IVA en los casos previstos.
Hay importación de serviciosEl importador retiene el 100% del IVA generado cuando corresponde.

La retención no cambia la tarifa ni convierte una operación no gravada en gravada. si no hay IVA causado, no hay base de retención de IVA.

#Quienes son agentes de retención

La resolución de porcentajes identifica los agentes de retención de IVA para sus efectos.4

AgenteAlcance
Contribuyentes calificados como agentes de retención por el SRIRetienen en adquisiciones de bienes, derechos o servicios gravados, según porcentaje aplicable.
Contribuyentes especialesactúan como agentes por disposicion normativa, incluso si no constan en el listado de agentes designados.
Entidades emisoras de tarjetas de crédito o débitoRetienen por pagos de IVA a proveedores, establecimientos afiliados y servicios digitales importados en los casos previstos.
Empresas de seguros y reasegurosRetienen en pagos a proveedores y pagos por cuenta de terceros derivados de obligaciones contractuales.
Sujetos pasivos que importan serviciosRetienen por la importación de servicios que sustenten.
Sujetos que emiten liquidaciones de compraRetienen en las operaciones sustentadas por esas liquidaciones.
Sujetos obligados a retener IVA presuntivoRetienen cuando la LRTI, el Reglamento o resolución del SRI lo ordenan.
Entidades del sistema financieroRetienen por pagos, acreditaciones o crédito en cuenta amparados en convenios de recaudación o débito.
Operadores de turismo receptivo calificadosRetienen en adquisiciones vinculadas a paquetes de turismo receptivo.
Sociedades de proyectos públicos bajo asociacion público-privadaactúan como agentes en terminos equivalentes a empresas públicas para IVA.

La calidad de agente debe constar y revisarse en el RUC, comprobantes, resolución de calificacion, catastro y normativa del período. Las personas naturales que sean agentes de retención realizan retención por adquisiciones relacionadas con su actividad generadora de renta.1

#A quienes no se retiene IVA

La resolución establece sujetos pasivos a los que no se realiza retención de IVA, salvo casos expresamente previstos.4

Sujeto o casolímite
Contribuyentes especialesNo se les retiene, excepto en los casos previstos en la resolución.
Instituciones del EstadoNo se realiza retención de IVA en general.
Empresas públicas reguladas por la Ley Organica de Empresas públicasNo se realiza retención de IVA en general.
compañías de aviacionNo se realiza retención de IVA.
Agencias de viaje por venta de pasajes aereosNo se retiene por el IVA causado en esa venta específica.
Centros de distribucion, comercializadoras, distribuidores finales y estaciones de servicio de combustiblesNo se retiene cuando la adquisicion se refiere a combustible derivado de petroleo.
Instituciones del sistema financieroNo se retiene respecto de servicios financieros gravados con tarifa diferente de 0%.
compañías emisoras de tarjetasNo se retiene respecto de descuentos por comision efectuados en pagos a establecimientos afiliados.
Voceadores y distribuidores de periodicos y revistasNo se retiene en la adquisicion de periodicos o revistas.
Exportadores habituales de bienes o servicios calificados como agentes o contribuyentes especialesNo se les retiene, salvo excepciones previstas.

No retener por estar en esta tabla exige que el caso encaje exactamente. Si cambia el proveedor, el concepto, la tarifa, la calidad de contribuyente especial o el documento, debe revisarse nuevamente.

#Porcentajes generales cuando el proveedor no es contribuyente especial

Salvo excepción, cuando el agente de retención adquiere a sujetos pasivos no calificados como contribuyentes especiales, se aplican estos porcentajes.4

Porcentajeoperaciones principales
30%Transferencias de bienes gravados con tarifa diferente de 0%, salvo caso con porcentaje distinto. también pagos de emisoras de tarjetas a establecimientos afiliados por transferencias de bienes gravadas.
70%Adquisicion de servicios y derechos, pago de comisiones por intermediacion y contratos de consultoria gravados con tarifa diferente de 0%. también pagos de tarjetas a establecimientos afiliados por servicios, cesion de derechos o comisiones gravadas.
100%Servicios profesionales de personas naturales con título de instruccion superior, salvo consultorias tratadas con otra regla; arrendamiento de inmuebles de personas naturales o sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad; liquidaciones de compra; pagos de dietas u honorarios a miembros de directorios o cuerpos colegiados; pagos a miembros de cuerpos colegiados de eleccion popular; y ciertos pagos de operadores de turismo receptivo.

El porcentaje se aplica sobre el IVA causado, no sobre el total de la factura. Si una factura incluye base tarifa 0%, exenta o no objeto, esa parte no genera retención de IVA.

#Porcentajes cuando el proveedor es contribuyente especial

Cuando el proveedor es contribuyente especial, la regla general es no retenerle IVA, pero la resolución prevé excepción para operaciones entre contribuyentes especiales y pagos de tarjetas.4

Porcentajeoperaciones principales
10%Adquisicion de bienes gravados con tarifa diferente de 0% realizada por un contribuyente especial a otro contribuyente especial; pagos de emisoras de tarjetas a establecimientos afiliados calificados como contribuyentes especiales por transferencias de bienes gravadas.
20%Adquisicion de servicios y derechos, comisiones por intermediacion y contratos de consultoria gravados con tarifa diferente de 0% realizada por un contribuyente especial a otro contribuyente especial; pagos de tarjetas a establecimientos afiliados contribuyentes especiales por servicios, derechos o comisiones gravadas.

Los operadores de turismo receptivo calificados como contribuyentes especiales aplican estos porcentajes cuando adquieren a otros contribuyentes especiales bienes, derechos, insumos o servicios necesarios para los paquetes de turismo receptivo facturados.

#Casos con 100%

La retención del 100% concentra operaciones donde el comprador, intermediario o importador asume el control completo del IVA generado.

CasoRegla
importación de serviciosEl importador retiene el 100% del IVA generado y lo registra en la declaración del período en que realiza la importación.
importación de servicios digitales con tarjeta o intermediarioEmisoras de tarjetas e intermediarios retienen el 100% del IVA generado por servicios digitales importados por cuenta de clientes, cuando el prestador no residente no está registrado y consta en el catastro aplicable.6
Servicios digitales sin intermediariosi no hay intermediario de pago, el sujeto pasivo realiza la retención del 100% en los terminos previstos por el Reglamento y resolución.
liquidación de compraCuando se emite liquidación de compra en casos autorizados, se retiene la totalidad del IVA salvo regla expresa distinta.
Servicios profesionales de personas naturales con título superiorretención del 100%, salvo contratos de consultoria tratados bajo regla específica.
Arrendamiento de inmuebles de personas naturales o sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidadretención del 100%.
IVA presuntivo en combustiblePetroecuador y comercializadoras retienen 100% del IVA calculado sobre margen de comercialización del distribuidor.
Exportadores habituales calificados como agentes o contribuyentes especialesRetienen 100% del IVA en adquisiciones, inclusive a contribuyentes especiales o agentes, salvo excepción de la resolución.
Recursos naturales no renovablesExportadores de recursos no renovables retienen 100% en servicios, derechos, comisiones y consultoria empleados en exportación, y en ciertos casos especiales.

En la importación de servicios, los contratos de consultoria celebrados con personas naturales o juridicas no residentes ni establecidas en Ecuador se consideran importación de servicios para efectos de retención.4

#Construccion, combustibles y recursos no renovables

SectorRegla principal
Contratos de construccionretención del 30% del IVA causado en todos los casos, salvo si el constructor es institución del Estado o empresa pública regulada por la Ley Organica de Empresas públicas, caso en el que no se retiene.
CombustiblesPetroecuador y comercializadoras retienen 100% de IVA presuntivo calculado sobre el margen de comercialización del distribuidor.
Exportadores de recursos naturales no renovablesRetienen 30% en adquisicion de bienes que se exporten o insumos, materias primas y activos fijos usados para fabricar o comercializar bienes exportados.
Servicios vinculados a recursos no renovables exportadosRetienen 100% en servicios, derechos, comisiones y consultoria empleados en fabricación o comercialización de bienes exportados.
Instituciones del Estado o empresas públicas que colocan recursos no renovables por cuenta de tercerosAplican los mismos porcentajes que la resolución asigna para esas adquisiciones.

Estos sectores no deben resolverse por analogia con bienes o servicios generales. El concepto, el proveedor, el destino y el sector cambian el porcentaje.

#RIMPE y retención de IVA

La página oficial del SRI sobre agentes de retención indica que, respecto del IVA, no existe un porcentaje de retención específico para contribuyentes del régimen RIMPE; por tanto, se aplican los porcentajes de la normativa general aplicable.1

CasoTratamiento
Proveedor RIMPE con operación gravadaRevisar si la operación causa IVA y si el comprador debe retener bajo regla general.
Negocio popularRevisar tratamiento de comprobante, tarifa, obligación y si existe IVA causado que retener.
Actividad fuera de RIMPEAplicar porcentajes que correspondan según normativa vigente para esa actividad.

No debe inventarse un porcentaje RIMPE de IVA. El análisis sigue la operación, la tarifa, el documento y la calidad de las partes.

#operaciones con porcentajes distintos

Una misma factura puede contener bienes, derechos o servicios sujetos a distintos porcentajes. La resolución ordena retener sobre el valor de cada bien, derecho o servicio según el porcentaje que corresponda, aunque se encuentren en el mismo comprobante.4

SituaciónQue hacer
La factura diferencia bases por conceptoAplicar cada porcentaje a la base e IVA que correspondan.
La factura mezcla bienes y servicios sin separacionsi no puede diferenciarse, se aplica el porcentaje mayor presente en la operación.
Pago con tarjeta, convenio de recaudación o débitoLa misma regla de diferenciación aplica a instituciones financieras y emisoras cuando no puedan separar conceptos.
Parte tarifa 0%, exenta o no objetoNo se retiene IVA sobre esa parte porque no hay IVA causado.

El control principal es la desagregacion: base gravada, tarifa, IVA, tipo de bien o servicio, proveedor, calidad de contribuyente especial y porcentaje.

#Momento de la retención

La retención debe efectuarse cuando se pague o se acredite en cuenta el valor por concepto de IVA contenido en el comprobante de venta, lo que ocurra primero. El termino sigue la regla de retención en la fuente de Impuesto a la Renta.4

CasoMomento
Compra localPago o acreditacion en cuenta del IVA, lo que ocurra primero.
importación de servicios digitalesMomento del pago realizado por el residente o establecimiento permanente al prestador digital no residente.
Convenio de recaudación o débitoPago, acreditacion o crédito en cuenta efectuado por la entidad financiera.
liquidación de compraMomento asociado a la operación que sustenta la liquidación, según comprobante y pago.

Confundir fecha de factura, fecha de entrega y fecha de pago puede mover la retención a un período incorrecto.

#Comprobante de retención

El agente debe emitir comprobante de retención por cada operación sujeta a retención de IVA, con los requisitos del Reglamento de Comprobantes de Venta, retención y Documentos Complementarios.4

SituaciónRegla operativa
operación sujeta a retenciónEmitir comprobante de retención por la operación.
Comprobantes electrónicosDebe emitirse comprobante incluso cuando no proceda retención; puede emitirse uno mensual por operaciones sin retención con el mismo proveedor.
Instituciones financierasPueden emitir un solo comprobante por operaciones de un mes respecto de un mismo cliente.
Contribuyentes especiales, instituciones del Estado y empresas públicasPueden emitir un solo comprobante por operaciones de cinco días consecutivos respecto de un mismo cliente.
importación de servicios digitales con entidad financieraEl estado de cuenta puede constituir comprobante de retención.

El proveedor necesita el comprobante para usar la retención como crédito. Sin comprobante o soporte equivalente, el saldo puede ser cuestionado.

#declaración y formulario IVA

Las retención de IVA impactan dos lados del formulario: retenciones recibidas por el contribuyente y retenciones efectuadas como agente.7

CasilleroUso
609retención de IVA que le han sido efectuadas al contribuyente en el período declarado.
606Saldo de crédito tributario del mes anterior por retención de IVA efectuadas al contribuyente.
617Saldo de crédito tributario por retención de IVA para el proximo mes.
613Ajuste por IVA devuelto o rechazado imputable al crédito tributario por retención de IVA.
721retención de IVA efectuadas al 10%.
723retención de IVA efectuadas al 20%.
725retención de IVA efectuadas al 30%.
727retención de IVA efectuadas al 50%, cuando la normativa y el sistema lo habiliten para el caso correspondiente.
729retención de IVA efectuadas al 70%.
731retención de IVA efectuadas al 100%.
800devolución provisional de IVA mediante compensación con retenciones efectuadas, bloqueado salvo reglas aplicables.
802retenciones efectuadas y no pagadas por sector público, universidades y escuelas politecnicas.

El proveedor usa retenciones recibidas como crédito. El agente paga retenciones efectuadas como obligación propia. Mezclar esos dos roles es uno de los errores más comunes.

#retenciones recibidas como crédito

Para el proveedor, la retención recibida reduce el IVA causado en su declaración. Si el IVA causado no alcanza para absorberla, puede generar saldo por retención para períodos siguientes o, en casos previstos, devolución o compensación.23

SituaciónTratamiento
retención recibida en el períodoSe registra como crédito contra el IVA causado.
retención mayores al IVA causadoSe arrastran como saldo por retención.
retención sin comprobanteNo debe usarse sin soporte suficiente.
retención rechazada o devueltaSe ajusta en los casilleros correspondientes.
retención presumiblemente no compensables en seis mesesPueden habilitar solicitud de devolución o compensación según la LRTI.

El crédito por retención debe mantenerse separado del crédito por adquisiciones e importación, porque el formulario y las devoluciones los tratan como saldos de origen distinto.

#Controles antes de retener

ControlPregunta
Calidad del compradorEs agente de retención, contribuyente especial, emisor de tarjeta, entidad financiera, importador de servicios u otro sujeto obligado.
Calidad del proveedorEs contribuyente especial, institución del Estado, empresa pública, exportador habitual, no residente, RIMPE u otro sujeto con regla particular.
Naturaleza de la operaciónEs bien, servicio, derecho, consultoria, construccion, arrendamiento, combustible, turismo, importación de servicios o servicio digital.
TarifaLa base está gravada con tarifa diferente de 0% o corresponde a tarifa 0%, exento o no objeto.
DocumentoExiste factura, liquidación de compra, comprobante de retención, estado de cuenta u otro soporte autorizado.
PorcentajeSe aplico el porcentaje correcto sobre el IVA causado, no sobre el total de la factura.
MomentoLa retención se hizo al pagar o acreditar, o en el momento específico para servicios digitales.
declaraciónEl agente registro el valor en el casillero correcto y el proveedor lo recibio como crédito.

#Errores frecuentes

ErrorConsecuencia
Aplicar retención sobre el total de facturaretención excesiva y descuadre con comprobantes.
Retener sobre operaciones tarifa 0%, exentas o no objetoretención sin IVA causado.
No revisar si el proveedor es contribuyente especialPorcentaje incorrecto o retención indebida.
No separar bienes y servicios en una misma facturaaplicación del porcentaje mayor o cálculo no defendible.
Confundir retenciones recibidas con retenciones efectuadasFormulario y saldos mal presentados.
No emitir comprobante de retenciónEl proveedor pierde soporte para usar crédito.
Usar porcentaje RIMPE inexistente para IVATratamiento sin base normativa.
No declarar importación de serviciosOmision de retención del 100% y de IVA correspondiente.
No controlar servicios digitales con intermediarioretención omitida o duplicada.
No actualizar el catastro o calidad de agenteretención aplicada con información desactualizada.

#Referencias

  1. Servicio de Rentas Internas, "Normativa para agentes de retención y contribuyentes especiales", secciones retención de Impuesto a la Renta e IVA, Servicios digitales y Base legal, sri.gob.ec
  2. Servicio de Rentas Internas, "Ley de régimen Tributario Interno", PDF oficial publicado en el portal del SRI, sri.gob.ec
  3. Servicio de Rentas Internas, "Reglamento para la aplicación de la Ley de régimen Tributario Interno", PDF oficial publicado en el portal del SRI, sri.gob.ec
  4. Servicio de Rentas Internas, "resolución NAC-DGERCGC20-00000061", porcentajes de retención del Impuesto al Valor Agregado, sri.gob.ec
  5. Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: retenciones-iva-matriz-general.csv. Descarga: retenciones-iva-matriz-general.csv
  6. Servicio de Rentas Internas, "Registro, declaración y pago del IVA por parte de los prestadores de servicios digitales no residentes en el Ecuador", sri.gob.ec
  7. Servicio de Rentas Internas, "guía para el llenado del Formulario Impuesto al Valor Agregado IVA", actualizada el 1 de junio de 2026, sri.gob.ec