El Impuesto a la Renta de personas naturales grava la renta obtenida por personas naturales y sucesiones indivisas durante un ejercicio fiscal. En Ecuador, el ejercicio impositivo ordinario va del 1 de enero al 31 de diciembre, y la declaración anual de personas naturales en régimen general vence en marzo del año siguiente según el noveno dígito de la cedula o RUC.12
Esta página cubre la liquidación anual de personas naturales con enfoque operativo: cuando declarar, que ingresos revisar, como llegar a la base imponible, como aplicar la tabla progresiva, cómo usar la rebaja por gastos personales, como descontar retención y que formularios sostienen la declaración. No reemplaza una determinacion personalizada, una consulta vinculante ni una revisión profesional de casos con rentas del exterior, herencias, actividad empresarial compleja, fiscalidad internacional o controversias.
#Archivos completos
| Archivo público | Contenido | Filas |
|---|---|---|
| Tablas oficiales de Impuesto a la Renta para personas naturales y sucesiones indivisas de los ejercicios fiscales 2025 y 20263 | Tablas oficiales de Impuesto a la Renta para personas naturales y sucesiones indivisas de los ejercicios fiscales 2025 y 2026. | 20 |
| Límites máximos de gastos personales y rebaja para el ejercicio fiscal 2025 por cargas familiares o condición especial4 | límites máximos de gastos personales y rebaja para el ejercicio fiscal 2025 por cargas familiares o condición especial. | 7 |
| Fechas de vencimiento de marzo de 2026 para declarar el ejercicio fiscal 2025 en régimen general, por noveno dígito5 | Fechas de vencimiento de marzo de 2026 para declarar el ejercicio fiscal 2025 en régimen general, por noveno dígito. | 10 |
| Umbrales publicados por el SRI para llevar contabilidad o cuenta de ingresos y egresos6 | Umbrales publicados por el SRI para llevar contabilidad o cuenta de ingresos y egresos. | 3 |
| Secuencia para decidir si corresponde declarar, que régimen aplica y que controles activar7 | Secuencia para decidir si corresponde declarar, que régimen aplica y que controles activar. | 10 |
| Orden operativo para calcular base, impuesto causado, rebaja, crédito, multas y pago8 | Orden operativo para calcular base, impuesto causado, rebaja, crédito, multas y pago. | 10 |
| Soportes mínimos de declaración9 | Soportes mínimos de declaración: formulario, guías, Formulario 107, RDEP, SRI-GP, comprobantes, contabilidad y anexos. | 12 |
Los archivos de datos permiten consultar las tablas oficiales sin recalcularlas desde el PDF o desde la página del SRI. La página explica cómo usar esas tablas dentro de la liquidación anual y que controles aplicar antes de presentar.
#Alcance
| Incluye | No incluye |
|---|---|
| Personas naturales y sucesiones indivisas en régimen general. | declaración completa de sociedades. |
| Tabla progresiva 2025 y tabla 2026 publicada por el SRI. | Histórico exhaustivo de todas las tablas anuales. |
| Base imponible, gastos deducibles, gastos personales, retención y pago. | catálogo completo de porcentajes de retención en la fuente. |
| Plazos de declaración de personas naturales y reglas especiales publicadas por el SRI. | Calendario individual dentro de SRI en Linea. |
| Formulario de renta personas naturales, Formulario 107, RDEP y Formulario SRI-GP como soportes. | Llenado casillero por casillero del formulario cuando requiera una guía técnica propia. |
| RIMPE solo como frontera para saber que no se liquida con la regla general cuando el contribuyente pertenece a ese régimen. | Tratamiento completo del RIMPE. |
#Quién debe declarar
La declaración de Impuesto a la Renta es obligatoria para personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en Ecuador, conforme los resultados de su actividad económica. El SRI identifica dos excepción generales para la obligación de declarar: contribuyentes domiciliados en el exterior sin representante en el país que tengan exclusivamente ingresos sujetos a retención en la fuente, y personas naturales cuyos ingresos brutos del ejercicio no excedan la fracción básica gravada con tarifa cero.1
| Situación | Tratamiento operativo |
|---|---|
| Persona natural en régimen general con ingresos anuales superiores a la fracción básica con tarifa cero | Debe presentar declaración anual y liquidar con tabla progresiva. |
| Persona natural con actividad económica registrada en RUC | Debe revisar régimen, obligación, ingresos, costos, gastos, retención y anexos antes de declarar. |
| Sucesion indivisa | Declara bajo reglas de personas naturales mientras corresponda, según los ingresos y obligación del período. |
| Persona natural con ingresos brutos que no exceden la fracción básica desgravada | En principio no está obligada por ese solo hecho, salvo otra obligación específica. |
| Trabajador bajo relación de dependencia con un solo empleador | Puede quedar exento de presentar declaración sí solo percibe ingresos de ese empleador y no modifica su impuesto causado con rebaja por gastos personales, o si al modificarlo no existen valores por reliquidar; en ese caso, el comprobante de retención del empleador reemplaza la declaración del trabajador.10 |
| Persona natural RIMPE | Declara según reglas RIMPE y plazos de mayo publicados por el SRI para personas naturales, no según la tabla general si sus ingresos pertenecen al régimen simplificado.2 |
| Domiciliado en el exterior sin representante en Ecuador y solo con ingresos sujetos a retención | El SRI lo lista como excepción general a la obligación de declarar.1 |
La prueba practica no es solo "tengo o no tengo impuesto a pagar". también debe revisarse si hay declaración obligatoria por RUC, actividad económica, obligaciones abiertas, retención, ingresos exentos, saldos, anexos o régimen especial.
#Secuencia de decisión
El archivo de datos sobre secuencia para decidir si corresponde declarar, que régimen aplica y7 convierte la revisión inicial en pasos. La clave es separar tres preguntas: si existe obligación de declarar, si la renta pertenece al régimen general o RIMPE, y si el contribuyente tiene soportes suficientes para usar costos, gastos, rebajas, retención o saldos.
| Orden | Pregunta | Si | No |
|---|---|---|---|
| 1 | La persona natural o sucesion indivisa obtuvo rentas durante el ejercicio | Continuar revisión de obligación. | Revisar si existe RUC u obligación abierta. |
| 2 | Los ingresos brutos superan la fracción básica gravada con tarifa cero | Debe revisar declaración anual. | Puede estar exceptuada por monto salvo otra obligación. |
| 3 | Tiene actividad económica registrada en RUC | Revisar régimen, contabilidad, anexos y declaración. | Revisar solo ingresos y soportes aplicables. |
| 4 | está en RIMPE por actividad e ingresos | Aplicar reglas RIMPE. | Continuar con régimen general. |
| 5 | Solo tiene relación de dependencia con un empleador y Formulario 107 suficiente | Puede no presentar declaración si cumple condiciones. | Debe revisar reliquidacion o declaración anual. |
| 6 | Supera umbrales de contabilidad | Debe llevar contabilidad. | Puede llevar cuenta de ingresos y egresos. |
| 7 | Aplica rebaja por gastos personales | Preparar límites, cargas y comprobantes. | No aplicar rebaja. |
| 8 | Tiene retención o créditos tributarios | Imputar después de rebaja. | Determinar impuesto a pagar sin esos crédito. |
| 9 | Presenta fuera de plazo | Revisar multas e intereses. | Presentar dentro del vencimiento ordinario. |
| 10 | Hay saldos a favor o diferencias de terceros | Revisar devolución, compensación, arrastre o sustitutiva. | Cerrar declaración y archivo. |
#período fiscal y base imponible
El Impuesto a la Renta se liquida por ejercicio fiscal. Para calcular el impuesto, el SRI indica que de la totalidad de ingresos gravados se restan devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones imputables a esos ingresos; el resultado es la base imponible.1
| Elemento | Como se usa |
|---|---|
| Ingresos gravados | Ingresos que forman parte del cálculo del impuesto. Pueden provenir de relación de dependencia, actividad profesional, actividad empresarial, arrendamientos, servicios, rendimientos, actividades autonomas u otras fuentes gravadas. |
| Ingresos exentos | Ingresos que no se suman a la base imponible si cumplen la exencion legal aplicable. Deben conservar soporte, porque pueden afectar declaración, información o control. |
| Devoluciones y descuentos | Reducen ingresos cuando estan vinculados a operaciones gravadas y tienen respaldo contable o documental. |
| Costos y gastos imputables | Se restan cuando corresponden a la generacion de ingresos gravados, cumplen requisitos tributarios y tienen soporte. |
| Deducciones | Reglas específicas que permiten disminuir la base imponible antes de aplicar la tarifa. |
| Rebaja por gastos personales | No reduce la base imponible: se descuenta del impuesto causado antes de imputar créditos tributarios, dentro de límites legales.11 |
| retención en la fuente | Se descuentan como crédito contra el impuesto causado o saldo a pagar, según corresponda. |
#obligación de llevar contabilidad
Las sociedades y establecimientos permanentes llevan contabilidad. Para personas naturales y sucesiones indivisas, el SRI pública estos umbrales operativos: capital propio superior a USD 180.000, ingresos brutos anuales superiores a USD 300.000, o costos y gastos anuales superiores a USD 240.000.1
| Caso | obligación |
|---|---|
| Supera cualquiera de los umbrales generales | Llevar contabilidad y declarar con base en los resultados contables. |
| No supera capital, ingresos ni costos/gastos | Llevar cuenta de ingresos y egresos que sirva de base para declarar impuestos. |
| Organizacion del régimen simplificado de la Economia Popular y Solidaria | El SRI pública umbrales propios: capital superior a USD 360.000, ingresos brutos superiores a USD 300.000, o costos y gastos superiores a USD 240.000.1 |
La obligación de llevar contabilidad cambia la calidad de la información que respalda la declaración: estados financieros, registros, conciliación, comprobantes, retención, inventarios y soportes deben cuadrar con el formulario. No cambia por si sola la tabla progresiva aplicable a personas naturales, pero si afecta la forma de determinar resultados.
#régimen general y RIMPE
Antes de liquidar, se separa el régimen. El régimen general aplica a personas naturales que no estén sujetas al RIMPE y cuyos ingresos anuales superen la fracción básica gravada con tarifa cero. El SRI pública para 2025 reglas RIMPE distintas para negocios populares y emprendedores, con plazos de mayo para personas naturales.2
| régimen o situación | Base de lectura |
|---|---|
| régimen general | Base imponible anual, tabla progresiva de personas naturales y sucesiones indivisas, rebaja por gastos personales si aplica, retención y pago. |
| RIMPE Negocio Popular | Tabla RIMPE de impuesto fijo/progresivo por ingresos brutos hasta USD 20.000; si supera USD 20.000 pasa a reglas RIMPE Emprendedor, y si supera USD 300.000 declara conforme régimen general.2 |
| RIMPE Emprendedor persona natural | Base sobre ingresos brutos gravados de actividades acogidas, menos devoluciones o descuentos; tarifa RIMPE según rangos publicados por el SRI.2 |
| Actividades no sujetas al RIMPE | Deben revisarse contra las exclusiones publicadas por el SRI, porque pueden obligar a régimen general aunque la persona sea natural.2 |
No conviene mezclar ingresos de régimen general y RIMPE sin revisar la obligación exacta del RUC. Cuando el contribuyente tiene actividades o ingresos con tratamientos diferentes, la declaración debe reflejar el régimen correcto para cada bloque.
#liquidación en régimen general
| Paso | Resultado que debe quedar claro |
|---|---|
| 1. Reunir ingresos del ejercicio | Total anual por fuente: relación de dependencia, actividad económica, honorarios, arriendos, rendimientos, otros ingresos gravados y exentos. |
| 2. Separar ingresos gravados y exentos | Solo los gravados integran la base imponible; los exentos se soportan y se informan si el formulario lo exige. |
| 3. Restar devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones imputables | Base imponible antes de tarifa. |
| 4. Aplicar la tabla progresiva del ejercicio fiscal | Impuesto causado antes de rebajas y crédito. |
| 5. Aplicar rebaja por gastos personales si corresponde | Disminuye el impuesto causado, sin generar pago en exceso si la rebaja supera el impuesto.11 |
| 6. Restar retención y créditos tributarios | Determina impuesto a pagar, saldo a favor o valor sujeto a revisión. |
| 7. Revisar multas e intereses si hay atraso | Si la declaración se presenta fuera de plazo, pueden generarse sanciones e intereses. |
| 8. Presentar y pagar en SRI en Linea | La declaración se realiza con clave de acceso, en el formulario de renta personas naturales publicado por el SRI.212 |
El archivo de datos sobre orden operativo para calcular base, impuesto causado, rebaja, crédito, multas8 conserva este orden de cálculo. No debe invertirse: la rebaja por gastos personales opera después de calcular impuesto causado con la tabla, mientras que retención y crédito se imputan después de la rebaja.
#Tabla progresiva para el ejercicio fiscal 2025
La siguiente tabla se usa para liquidar el Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas del ejercicio fiscal 2025, declarado en 2026. El SRI la pública en la página de declaración 2025 y en el archivo de tablas de cálculo.213
| fracción básica USD | Exceso hasta USD | Impuesto fracción básica USD | Impuesto fracción excedente |
|---|---|---|---|
| 0 | 12.081 | 0 | 0% |
| 12.081 | 15.387 | 0 | 5% |
| 15.387 | 19.978 | 165 | 10% |
| 19.978 | 26.422 | 624 | 12% |
| 26.422 | 34.770 | 1.398 | 15% |
| 34.770 | 46.089 | 2.650 | 20% |
| 46.089 | 61.359 | 4.914 | 25% |
| 61.359 | 81.817 | 8.731 | 30% |
| 81.817 | 108.810 | 14.869 | 35% |
| 108.810 | En adelante | 24.316 | 37% |
La formula de cada fila es:
Impuesto causado = impuesto sobre fracción básica + ((base imponible - fracción básica) x porcentaje sobre excedente)
Por ejemplo, si la base imponible cae entre USD 34.770 y USD 46.089, se parte de USD 2.650 y se suma el 20% del excedente sobre USD 34.770. después de obtener el impuesto causado se revisa la rebaja por gastos personales, retención y crédito.
#Tabla progresiva para el ejercicio fiscal 2026
El archivo oficial de tablas del SRI incluye la tabla 2026. Esta tabla corresponde al ejercicio fiscal 2026; su declaración anual ordinaria se presentaria en 2027, salvo reforma o regla especial. Sirve también para proyecciones y retención del ejercicio 2026 cuando la norma aplicable remite a la tabla del año en curso.1310
| fracción básica USD | Exceso hasta USD | Impuesto fracción básica USD | Impuesto fracción excedente |
|---|---|---|---|
| 0 | 12.208 | 0 | 0% |
| 12.208 | 15.549 | 0 | 5% |
| 15.549 | 20.188 | 167 | 10% |
| 20.188 | 26.700 | 631 | 12% |
| 26.700 | 35.136 | 1.412 | 15% |
| 35.136 | 46.575 | 2.678 | 20% |
| 46.575 | 62.005 | 4.965 | 25% |
| 62.005 | 82.679 | 8.823 | 30% |
| 82.679 | 109.956 | 15.025 | 35% |
| 109.956 | En adelante | 24.572 | 37% |
#Rebaja por gastos personales
Las personas naturales pueden aplicar una rebaja contra el Impuesto a la Renta causado por gastos personales, antes de imputar créditos tributarios. La LRTI establece que la rebaja equivale al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados y el límite calculado con canasta familiar básica, según cargas familiares o condiciones especiales. Si la rebaja supera el impuesto causado, la diferencia no genera pago en exceso ni derecho a devolución.11
| Situación | límite legal |
|---|---|
| Sin cargas familiares | 18% del menor valor entre gastos personales declarados y canasta familiar básica de enero multiplicada por 7. |
| Con cargas familiares | 18% del menor valor entre gastos personales declarados y canasta familiar básica de enero multiplicada por el numero de canastas que corresponda al numero de cargas. |
| Persona natural con o a cargo de persona con discapacidad, enfermedad catastrofica, rara o huerfana | 18% del menor valor entre gastos personales declarados y canasta familiar básica de enero multiplicada por 100. |
Para el ejercicio fiscal 2025, el SRI pública los siguientes límites máximos de gastos personales y rebaja:2
| Cargas familiares | Numero de canastas familiares básicas | límite máximo de gastos personales USD | límite máximo de rebaja USD |
|---|---|---|---|
| 0 | 7 | 5.588,17 | 1.005,87 |
| 1 | 9 | 7.184,79 | 1.293,26 |
| 2 | 11 | 8.781,41 | 1.580,65 |
| 3 | 14 | 11.176,34 | 2.011,74 |
| 4 | 17 | 13.571,27 | 2.442,83 |
| 5 o más | 20 | 15.996,20 | 2.873,92 |
| Persona con o a cargo de persona con enfermedades catastroficas, raras o huerfanas | 100 | 79.831,00 | 14.369,58 |
La LRTI vigente reconoce gastos personales realizados en Ecuador por vestimenta, educacion, alimentacion, salud, vivienda, turismo nacional en establecimientos registrados y con licencia única anual de funcionamiento, pensiones alimenticias, arte y cultura, intereses por préstamos quirografarios e hipotecarios contraidos en el sistema financiero nacional, y sueldos a trabajadores afiliados al IESS siempre que se hayan cumplido las obligaciones legales con esa institución a la fecha de declaración. En salud pueden incluirse gastos medicos de mascotas del contribuyente. En cualquier caso debe excluirse IVA e ICE de las transacciones.11
#Cargas familiares
Para la rebaja por gastos personales, pueden considerarse como cargas familiares los padres, conyuge o pareja en union de hecho e hijos hasta 21 años o con discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados y dependan del sujeto pasivo. La misma carga no puede ser usada por dos o más contribuyentes en el mismo período fiscal.1110
| Carga o condición | Soporte operativo indicado en la resolución |
|---|---|
| Conyuge o pareja en union de hecho dependiente | Copia de cedula donde se evidencie parentesco o vinculo correspondiente. |
| Hijo sin discapacidad hasta 21 años | Copia de cedula donde se evidencie parentesco. |
| Hijo con discapacidad de cualquier edad | Copia de cedula y carnet de discapacidad emitido por autoridad competente. |
| Padre o madre como carga | Consentimiento expreso para ser incluido como carga y copia de cedula donde se evidencie parentesco. |
| Persona con enfermedad catastrofica, rara o huerfana | Certificado o aval emitido por el Ministerio de Salud Pública o el IESS a nombre del trabajador o de su carga familiar, según corresponda. |
La condición de carga debe cumplirse o adquirirse en el ejercicio fiscal en que se aplica la rebaja. Si una carga obtiene ingresos gravados durante el ejercicio, queda excluida para la rebaja de ese período.10
#relación de dependencia y Formulario SRI-GP
El empleador que actua como agente de retención debe considerar la rebaja por gastos personales del trabajador para calcular retenciones mensuales. La resolución NAC-DGERCGC23-00000020 ordena que los trabajadores presenten el Formulario SRI-GP durante febrero, con ingresos proyectados, cargas familiares y gastos personales proyectados. Si trabajan para dos o más empleadores, comunican la sumatoria de ingresos al empleador con mayores ingresos o al que escojan cuando perciban la misma cantidad.10
| Momento | Regla operativa |
|---|---|
| Enero | El empleador se abstiene de efectuar retención mensual por Impuesto a la Renta en enero, según la resolución. |
| Febrero | El trabajador presenta el Formulario SRI-GP y el empleador empieza a retener considerando la información proyectada. |
| Junio y septiembre | El trabajador puede entregar un nuevo formulario si cambian remuneraciones, gastos proyectados o cargas familiares. |
| Un solo empleador y sin reliquidacion pendiente | El Formulario 107 puede reemplazar la declaración del trabajador si se cumplen las condiciones de exencion de declaración. |
| Dos o más empleadores | El trabajador debe coordinar la información con el empleador que actua como agente principal y entregar copia certificada a los demas para evitar duplicidad de retención. |
El cálculo mensual de retención parte de remuneraciones proyectadas, excluye decimo tercera y decimo cuarta remuneraciones, deduce aportes personales al IESS cuando corresponda, descuenta exoneraciones de adultos mayores o discapacidad si aplican, aplica la tabla anual y resta la rebaja proyectada por gastos personales.10
#retención, crédito y saldo final
Las retención en la fuente de Impuesto a la Renta disminuyen el valor a pagar cuando estan correctamente emitidas, registradas y atribuibles al contribuyente. En personas naturales pueden provenir de empleadores, clientes, arrendatarios, pagadores de honorarios, instituciones financieras u otros agentes de retención, según el tipo de renta.
| Soporte | Uso en la declaración |
|---|---|
| Formulario 107 | Resume ingresos de trabajo en relación de dependencia y retenciones practicadas por el empleador. |
| Comprobantes de retención electrónicos o físicos válido | Sustentan retenciones efectuadas por clientes u otros agentes. |
| RDEP | Sustenta información de relación de dependencia reportada por empleadores. |
| declaraciones previas o sustitutivas | Permiten revisar pagos anteriores, saldos, diferencias y valores por reliquidar. |
| créditos tributarios permitidos | Se imputan luego de la rebaja, cuando la norma los reconoce y el formulario los habilita. |
Si las retención superan el impuesto final, puede existir saldo a favor sujeto a las reglas de devolución, compensación o arrastre que correspondan. Si son menores, queda impuesto a pagar. Si hay atraso, deben revisarse multas e intereses.
#Plazos de declaración
Para personas naturales en régimen general, la declaración del ejercicio fiscal 2025 se presenta en marzo de 2026 según el noveno dígito de la cedula o RUC. La página general del SRI pública la misma regla de marzo para personas naturales, y la página de declaración 2025 muestra las fechas concretas de marzo de 2026.12
| Noveno dígito | Fecha maxima para personas naturales del ejercicio 2025 |
|---|---|
| 1 | 10 de marzo de 2026 |
| 2 | 12 de marzo de 2026 |
| 3 | 14 de marzo de 2026 |
| 4 | 16 de marzo de 2026 |
| 5 | 18 de marzo de 2026 |
| 6 | 20 de marzo de 2026 |
| 7 | 22 de marzo de 2026 |
| 8 | 24 de marzo de 2026 |
| 9 | 26 de marzo de 2026 |
| 0 | 28 de marzo de 2026 |
El SRI también pública reglas específicas: los contribuyentes especiales presentan y pagan hasta el dia 9 del mes de vencimiento respectivo, sin atender al noveno dígito; si esa fecha coincide con descanso obligatorio o feriado nacional o local, se traslada al dia habil anterior. Instituciones del Estado y empresas públicas reguladas por la Ley Organica de Empresas públicas pueden presentar hasta el dia 20 del mes siguiente, y contribuyentes con domicilio principal en Galapagos hasta el dia 28 del mes siguiente, sin atender al noveno dígito.1
Para personas naturales RIMPE, el SRI pública vencimientos de mayo para el ejercicio fiscal 2025, tanto para negocios populares como para emprendedores personas naturales. Esa regla no reemplaza los vencimientos de marzo del régimen general.2
#Formulario y soportes
La declaración se realiza en SRI en Linea con clave de acceso. La seccion de formularios e instructivos del SRI pública el Formulario Renta Personas Naturales para obligados y no obligados a llevar contabilidad, la guía para el llenado, la guía RIMPE, la guía de XML y JSON, el Formulario 107, la ficha técnica RDEP y el Formulario SRI-GP.12
| Documento o herramienta | Uso |
|---|---|
| Formulario Renta Personas Naturales | declaración anual de personas naturales y sucesiones indivisas obligadas y no obligadas a llevar contabilidad. |
| guía para el llenado del formulario | Apoyo para secciones, campos y validaciones del formulario vigente. |
| guía RIMPE | Apoyo para contribuyentes sujetos a régimen RIMPE. |
| guía XML y JSON | preparación de archivos cuando el contribuyente usa carga estructurada. |
| Formulario 107 | Comprobante de retención por ingresos de trabajo en relación de dependencia. |
| Ficha técnica RDEP y Formulario 107 | Estructura de información que reportan empleadores. |
| Formulario SRI-GP | proyección de gastos personales y cargas familiares para trabajadores bajo relación de dependencia. |
El archivo de datos sobre soportes mínimos de declaración: formulario, guías, Formulario 107, RDEP, SRI-GP,9 separa los soportes por uso. La declaración debe poder reconstruirse desde comprobantes, contabilidad o cuenta de ingresos y egresos, Formulario 107/RDEP cuando hay relación de dependencia, anexo de gastos personales cuando se use la rebaja y comprobantes de retención para crédito.
#Checklist de preparación
| Bloque | Verificacion mínima |
|---|---|
| identificación | Cedula o RUC, noveno dígito, régimen, obligaciones abiertas, calidad de contribuyente especial y domicilio principal. |
| Ingresos | relación de dependencia, actividades económica, servicios, honorarios, arriendos, rendimientos, ingresos exentos, ingresos del exterior y otros ingresos gravados. |
| Costos y gastos | Comprobantes válido, bancarizacion cuando aplique, relación con ingresos gravados, deducibilidad y conciliación contable. |
| Contabilidad o cuenta de ingresos y egresos | Umbrales, registros, estados, conciliación y soportes. |
| Gastos personales | Rubros permitidos, cargas familiares, documentos, límites por canastas, exclusion de IVA e ICE y Formulario SRI-GP si hay relación de dependencia. |
| retención | Formulario 107, comprobantes de retención, RDEP, valores reportados por terceros y diferencias. |
| Saldos y pagos | Anticipos si existieren, crédito, retención, pagos previos, sustitutivas, intereses y multas. |
| presentación | Formulario correcto, período fiscal, anexos relacionados, forma de pago y comprobante de declaración. |
#Errores frecuentes
| Error | Riesgo |
|---|---|
| Usar la tabla del año de declaración y no la del ejercicio fiscal | La declaración 2025 presentada en 2026 usa tabla 2025; la tabla 2026 no sustituye esa liquidación. |
| Tratar gastos personales como deduccion de la base | La rebaja se resta del impuesto causado, no de la base imponible. |
| Incluir IVA o ICE dentro de gastos personales | La LRTI ordena excluir IVA e ICE de esas transacciones para el cálculo de la rebaja. |
| Duplicar cargas familiares entre contribuyentes | La misma carga no puede ser considerada por dos o más contribuyentes en el mismo período. |
| Ignorar cambios de junio o septiembre en relación de dependencia | Puede dejar retenciones mensuales mal proyectadas y generar saldo por reliquidar. |
| Declarar como régimen general ingresos sujetos a RIMPE sin revisar el RUC | Puede aplicar tarifa, plazo y base incorrectos. |
| Olvidar retención reportadas por terceros | Puede pagar de más o dejar diferencias con información prellenada. |
| No revisar si existe obligación de llevar contabilidad | Puede afectar registros, soportes, casilleros y forma de determinar resultados. |
#Referencias
- Servicio de Rentas Internas. "Impuesto a la Renta". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "declaración Impuesto a la Renta 2025". sri.gob.ec
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-tablas-2025-2026.csv. Descarga: renta-personas-naturales-tablas-2025-2026.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-gastos-personales-2025.csv. Descarga: renta-personas-naturales-gastos-personales-2025.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-plazos-2025.csv. Descarga: renta-personas-naturales-plazos-2025.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-contabilidad.csv. Descarga: renta-personas-naturales-contabilidad.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-decision.csv. Descarga: renta-personas-naturales-decision.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-liquidacion.csv. Descarga: renta-personas-naturales-liquidacion.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: renta-personas-naturales-soportes.csv. Descarga: renta-personas-naturales-soportes.csv
- Servicio de Rentas Internas. "resolución NAC-DGERCGC23-00000020: Normas para la aplicación de la rebaja del Impuesto a la Renta por concepto de gastos personales". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Ley de régimen Tributario Interno". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Formularios e Instructivos". sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas. "Tablas de cálculo del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas". sri.gob.ec