El Formulario IVA del Servicio de Rentas Internas es el formulario en linea con el que se declara el Impuesto al Valor Agregado en Ecuador. Sirve para reportar ventas, adquisiciones, importación, exportación, operaciones tarifa 0%, operaciones exentas o no objeto, crédito tributario, retención, saldos anteriores, multas, intereses y pago.12
Aunque se lo siga llamando Formulario 104 en la practica contable, el SRI pública el instrumento vigente como Formulario Impuesto al Valor Agregado IVA dentro de Formularios e instructivos. La guía oficial de llenado actualizada al 1 de junio de 2026 organiza la declaración en cuatro pasos: período fiscal, preguntas, formulario y pago.12
Esta página explica como leer y revisar el formulario. No sustituye la determinacion de obligación del RUC, la contabilidad, los anexos, la revisión de comprobantes ni el tratamiento completo de temas especializados como crédito tributario, retención, tarifas, ventas a crédito, importación de servicios, multas o pago conjunto.
#Archivos completos
| Archivo público | Contenido | Filas |
|---|---|---|
| Los cuatro pasos del sistema3 | Los cuatro pasos del sistema: período fiscal, preguntas, formulario y pago. | 4 |
| Casilleros de ventas, tarifas, notas de crédito, ventas a crédito e impuesto a liquidar4 | Casilleros de ventas, tarifas, notas de crédito, ventas a crédito e impuesto a liquidar. | 21 |
| Casilleros de adquisiciones, importación, crédito tributario, factor y saldos de compras5 | Casilleros de adquisiciones, importación, crédito tributario, factor y saldos de compras. | 18 |
| Casilleros del resumen impositivo, saldos, retenciones recibidas, devoluciones y ajustes6 | Casilleros del resumen impositivo, saldos, retenciones recibidas, devoluciones y ajustes. | 24 |
| retenciones efectuadas, prestadores digitales, ISD, sustitutivas, pago y estados de declaración7 | retenciones efectuadas, prestadores digitales, ISD, sustitutivas, pago y estados de declaración. | 29 |
| Orden práctico de revisión8 | Orden práctico de revisión antes de enviar el formulario. | 10 |
Los archivos de datos convierten los casilleros y controles de esta referencia en datos consultables. La guía oficial del SRI sigue siendo la fuente de vigencia de pantallas, fórmulas y campos habilitados por período.
#Alcance
| Incluye | No incluye |
|---|---|
| Estructura del formulario, pasos de envío y preguntas que habilitan casilleros. | Determinacion personalizada de obligaciones tributarias de un contribuyente. |
| Casilleros principales de ventas, adquisiciones, crédito, saldos, retención, pago y estados. | Reproducción integra de la guía oficial o de la Ley de régimen Tributario Interno. |
| Reglas operativas para revisar calculos automaticos, valores sugeridos, declaración sin transacciones y sustitutivas. | Desarrollo completo de cada tema satelite que requiere página propia. |
| Controles contables antes de enviar y pagar. | sustitución de contabilidad, anexos, comprobantes o criterio profesional. |
#versión vigente y ruta de acceso
El formulario se prepara en SRI en Linea, dentro de la ruta de declaración de impuestos. La página oficial de Formularios e instructivos pública el formulario y su guía de llenado; para IVA, la guía vigente referida por esta página consta como actualizada el 1 de junio de 2026.12
| Elemento | función |
|---|---|
| Formulario IVA | Pantalla transaccional donde se declara y, cuando corresponde, se paga el impuesto. |
| guía de llenado | Documento operativo que explica pasos, preguntas, casilleros, valores sugeridos, fórmulas, estados y pago. |
| período fiscal | Mes o semestre que se declara, según obligación y periodicidad. |
| Preguntas | Filtros que habilitan u ocultan bloques del formulario. |
| Casilleros | Campos numerados donde se registran bases, impuestos, saldos, retención, multas, intereses y pago. |
| Estado de declaración | Resultado administrativo de la presentación: cumplida, pendiente, no cumplida o estados especiales sin transacciones. |
El formulario cambia cuando cambian la ley, el reglamento, resolución del SRI, tarifas, reglas de pago o sistemas de prellenado. Por eso debe revisarse la guía vigente del período que se declara, no una copia antigua del formulario.
#Los cuatro pasos del sistema
| Paso | Que hace | Revisión mínima |
|---|---|---|
| 1. período fiscal | Permite escoger obligación, periodicidad y período. | Confirmar mes o semestre, RUC, obligación IVA, régimen y si la declaración es original o sustitutiva. |
| 2. Preguntas | Habilita secciones según respuestas del contribuyente e información del SRI. | Responder según operaciones reales del período; una respuesta incorrecta puede ocultar casilleros necesarios. |
| 3. Formulario | Muestra bloques de ventas, adquisiciones, resumen, retención, multas, intereses y pago. | Conciliar cada casillero con contabilidad, comprobantes, anexos y saldos anteriores. |
| 4. Pago | Permite elegir forma de pago y generar comprobantes. | Verificar pago total cuando exista impuesto a pagar, especialmente desde junio de 2026. |
El formulario no es solo una pantalla de captura. también calcula, sugiere y válida valores. Si un valor prellenado o trasladado no coincide con la declaración anterior o con información disponible para el SRI, el envío puede bloquearse o quedar con estado pendiente hasta verificar el pago.2
#período fiscal
En el primer paso se define que obligación se va a presentar. El IVA puede ser mensual o semestral, y ciertos contribuyentes usan el mismo formulario para declarar períodos semestrales acumulados.910
| Caso | Como se refleja en el formulario |
|---|---|
| declaración mensual | Se elige el mes siguiente al período económico que se declara, según la obligación registrada. |
| declaración semestral | Se elige el período semestral que corresponda; el primer semestre se cumple en julio y el segundo en enero. |
| RIMPE Emprendedor con IVA semestral | El formulario puede recibir declaración acumulada para enero-junio o julio-diciembre, según reglas vigentes. |
| Agente de retención | La obligación de declarar retenciones efectuadas puede exigir mensualidad aun cuando las operaciones propias sean tarifa 0%. |
| declaración original | Primera declaración válida del período. |
| declaración sustitutiva | declaración posterior que corrige una presentada, con reglas y límites según la LRTI y el sistema. |
| Sin transacciones | El formulario permite declarar que no se requiere informar valores del período cuando corresponde. |
Antes de pasar a preguntas, debe comprobarse que el período elegido coincide con la obligación real. Declarar un mes, semestre o código equivocado puede generar omisiones, pagos indebidos, multas o inconsistencias con anexos.
#Preguntas que habilitan casilleros
El segundo paso no es decorativo. Sus respuestas determinan que secciones se muestran en el formulario. Algunas preguntas pueden estar prellenadas o condicionadas por información del contribuyente, del RUC, de terceros o del sistema.2
| Pregunta o condición | Efecto en el formulario |
|---|---|
| Si el contribuyente requiere informar valores del período | Habilita el formulario completo o permite una declaración sin transacciones. |
| Si existen ventas o adquisiciones con tarifa variable o reducida | Habilita casilleros para tarifa reducida, incluido el decreto ejecutivo cuando aplica. |
| Si existen transferencias de materiales de construccion con tarifa 5% | Habilita bloques de ventas y adquisiciones gravadas al 5%. |
| Si hay importación de servicios o derechos | Habilita casilleros de importación de servicios y retención del 100% cuando corresponde. |
| Si el contribuyente es prestador de servicios digitales no residente | Reduce el formulario a los casilleros aplicables a ese tipo de sujeto. |
| Si existen valores prellenados del período anterior | Muestra saldos, impuesto a liquidar o compensaciones trasladadas. |
| Si la declaración es sustitutiva | Habilita campos de pago previo informativo y validaciones de corrección. |
| Si existen operaciones de retención como agente | Habilita casilleros de retenciones efectuadas por porcentaje. |
Una mala respuesta en está etapa produce errores en cascada: casilleros ausentes, bases mal clasificadas, crédito tributario incompleto, retenciones omitidas o pago calculado sobre una estructura equivocada.
#Mapa general de casilleros
| Bloque | Casilleros usuales | Que controla |
|---|---|---|
| Datos y tarifa reducida | 203 | Decreto ejecutivo o porcentaje para tarifa reducida, cuando aplica. |
| Ventas y operaciones | 401 a 499, según secciones habilitadas | Bases, impuestos generados, tarifa 0%, exportación, exentas, no objeto, notas de crédito, ventas a crédito e impuesto a liquidar. |
| Adquisiciones y crédito | 500 a 565 | Compras con o sin derecho a crédito, importación, notas de crédito, factor de proporcionalidad y crédito aplicable. |
| Resumen impositivo | 601 a 625 | Impuesto causado, crédito tributario, saldos, compensaciones, ajustes, gasto y prescripción. |
| devolución de ISD para exportadores habituales | 700 a 702 | Valores informativos vinculados a devolución de ISD cuando el bloque se habilita. |
| retenciones efectuadas | 721 a 802 | retención de IVA realizadas como agente y casos sector público. |
| Sustitutivas y pago previo | 890 y campos asociados | Pago previo informativo y cálculo de diferencias. |
| Pago | 902 y casilleros de intereses, multas y formas de pago | Total impuesto a pagar, mora, sanciones, título, notas de crédito, otras formas y convenio de débito. |
Los casilleros no siempre aparecen todos. El formulario se arma a partir de preguntas y datos del contribuyente. Una guía de revisión debe controlar tanto lo que aparece como lo que no aparece.
#Ventas y operaciones gravadas
El bloque de ventas separa bases, impuestos y ajustes por tarifa y tipo de operación. El objetivo es llegar al impuesto generado y al impuesto que se liquida en el período.2
| Casillero o grupo | Uso operativo |
|---|---|
| 203 | Decreto o porcentaje de tarifa reducida para servicios turisticos autorizados, cuando el formulario lo habilita. |
| 401, 402, 411, 412, 421, 422 | Ventas locales gravadas con tarifa diferente de cero, con sus bases brutas o netas e impuesto generado según la estructura mostrada. |
| 410, 420, 430 | Ventas locales con tarifa variable o reducida diferente de cero e impuesto calculado por el sistema. |
| 425, 435, 445 | Ventas locales de materiales de construccion gravadas con tarifa 5% e impuesto generado. |
| 423 | Ajuste a pagar por diferencia de IVA entre ventas y notas de crédito con distinta tarifa. |
| 424 | Ajuste a favor por diferencia de IVA entre ventas y notas de crédito con distinta tarifa. |
| 403, 404 | Ventas locales tarifa 0% que no dan derecho a crédito tributario. |
| 405, 406 | Ventas locales tarifa 0% que dan derecho a crédito tributario. |
| 407 | exportación de bienes. |
| 408 | exportación de servicios o derechos, incluidos derechos de propiedad intelectual cuando corresponda. |
| 431 | Transferencias no objeto o exentas de IVA. |
| 434 | Ingresos por reembolso como intermediario; campo informativo que no integra el impuesto generado. |
| 442, 443, 453 | Notas de crédito por compensar en el proximo mes y su impuesto. |
| 480, 481 | Total de transferencias gravadas con tarifa diferente de cero a contado y a crédito. |
| 482 | Total impuesto generado del período. |
| 483 | Impuesto a liquidar del mes anterior, trasladado desde el casillero 485 de la declaración previa. |
| 484 | Impuesto a liquidar en este mes. |
| 485 | Impuesto a liquidar en el proximo mes. |
| 486 | Mes de pago del IVA por ventas a crédito con plazo superior a un mes. |
| 487 | Tamaño COPCI, usado para tratamientos vinculados a MIPYMES. |
| 499 | Total de impuesto a liquidar antes de resumen, cuando el formulario lo muestra. |
La clasificación de ventas debe distinguir tarifa 0%, exento y no objeto. Estas categorias no son equivalentes: afectan facturacion, denominador del factor, derecho a crédito tributario, anexos y consistencia del formulario.
#Tarifa reducida, tarifa 5% y notas de crédito
El formulario incluye bloques especiales para tarifas distintas de la tarifa general.
| Situación | Como debe revisarse |
|---|---|
| Tarifa reducida por turismo | Confirmar decreto ejecutivo, fechas autorizadas, actividad y establecimiento habilitado. |
| Tarifa variable distinta de cero | Revisar que la tarifa aplicada coincida con el período del hecho generador y con el comprobante emitido. |
| Materiales de construccion tarifa 5% | Confirmar que el bien sea material de construccion y que la facturacion use el código y porcentaje aplicables. |
| Nota de crédito con tarifa distinta a la factura original | Revisar si genera ajuste a pagar o a favor por diferencia de tarifa. |
| Nota de crédito por compensar en el proximo mes | Controlar que el valor no se duplique entre períodos. |
Cuando existen cambios de tarifa, los errores comunes son declarar la nota de crédito como si tuviera la tarifa actual en vez de la tarifa del comprobante original, o mezclar ventas a crédito con impuesto a liquidar en un mes que no corresponde.
#Ventas a crédito e impuesto a liquidar
El formulario separa ventas gravadas a contado y a crédito para controlar el impuesto generado y el impuesto que se liquida en el mes. está separacion es relevante cuando la normativa permite diferir el pago del IVA por ventas a crédito con plazo superior a un mes.102
| Casillero | Control |
|---|---|
| 480 | Transferencias gravadas a contado. |
| 481 | Transferencias gravadas a crédito. |
| 483 | Impuesto trasladado del mes anterior para liquidarse en este período. |
| 484 | Impuesto que se liquida en este mes. |
| 485 | Impuesto que se liquidara en el proximo mes. |
| 486 | Mes de pago correspondiente a ventas a crédito. |
El impuesto generado por vender a crédito no desaparece. El formulario solo separa cuando se liquida y paga. La contabilidad debe poder explicar el enlace entre venta, plazo, mes de liquidación, casillero 485 y casillero 483 de la declaración siguiente.
#Adquisiciones, importación y crédito
El bloque de adquisiciones separa compras con derecho a crédito, compras sin derecho, importación, operaciones tarifa 0%, compras no objeto o exentas, notas de crédito y crédito aplicable.2
| Casillero o grupo | Uso operativo |
|---|---|
| 500, 501 | Adquisiciones gravadas con tarifa diferente de cero con derecho a crédito tributario. |
| 530, 533, 534 | Adquisiciones gravadas con tarifa variable diferente de cero con derecho a crédito e impuesto calculado. |
| 540, 550, 560 | Adquisiciones locales de materiales de construccion gravadas con tarifa 5% con derecho a crédito e impuesto generado. |
| 502 | Otras adquisiciones gravadas con tarifa diferente de cero que no dan derecho a crédito tributario. |
| 503 | importación de servicios o derechos gravados con tarifa diferente de cero; exige revisar liquidación de compra y retención del 100% cuando corresponde. |
| 504, 505 | importación de bienes gravados; registran valor en aduana y conceptos de la declaración de importación. |
| 526 | Ajuste positivo al crédito tributario por diferencia de IVA entre adquisiciones y notas de crédito con distinta tarifa. |
| 527 | Ajuste negativo al crédito tributario por diferencia de IVA entre adquisiciones y notas de crédito con distinta tarifa. |
| 507 | Adquisiciones y pagos con tarifa 0%, incluidos activos fijos. |
| 508 | Adquisiciones a RISE hasta diciembre de 2021, cuando aplica por períodos históricos. |
| 518 | Adquisiciones a negocios populares desde enero de 2022; registran el total de la nota de venta. |
| 531 | Adquisiciones no objeto de IVA. |
| 532 | Adquisiciones exentas del pago de IVA. |
| 543, 544, 554 | Notas de crédito por compensar en el proximo mes y su impuesto. |
| 535, 545 | Reembolsos de gastos del intermediario o valores facturados por socios a operadoras de transporte; campos informativos. |
| 563 | Factor de proporcionalidad para crédito tributario. |
| 564 | crédito tributario aplicable en el período. |
| 565 | IVA no considerado crédito tributario por factor de proporcionalidad. |
No todo IVA pagado en compras entra al casillero de crédito. Primero se clasifica la adquisicion por tarifa, documento, destino, derecho a crédito y relación con la actividad. Luego se determina si el crédito es total, proporcional o inexistente.
#Factor y crédito aplicable
La guía del formulario usa el casillero 563 para el factor de proporcionalidad. Cuando existen operaciones que dan derecho a crédito y operaciones que no dan derecho, el sistema determina el crédito aplicable en el casillero 564 y el IVA no considerado crédito por factor en el casillero 565.11102
Factor operativo = (411 + 412 + 420 + 415 + 416 + 417 + 418) / 419
| Resultado | Lectura |
|---|---|
| 563 | Porcentaje que limita el crédito de compras comunes. |
| 564 | crédito tributario aplicable luego de factor, diferenciación contable y reglas de soporte. |
| 565 | IVA que no se usa como crédito por efecto de proporcionalidad. |
El factor no debe usarse para tapar una mala clasificación contable. Las compras directamente atribuibles a operaciones con derecho, sin derecho o comunes deben separarse antes de llegar al formulario.
#Resumen impositivo
El resumen impositivo compara impuesto causado, crédito tributario, saldos anteriores, retención, devoluciones, compensaciones y ajustes. Es el bloque que determina si existe valor a pagar, crédito para el proximo período o saldos que deben corregirse.2
| Casillero | Uso operativo |
|---|---|
| 601 | Impuesto causado. Si tiene valor, no debe registrarse valor en 602. |
| 602 | crédito tributario aplicable en este período. Si tiene valor, no debe registrarse valor en 601. |
| 603 | compensación de IVA por ventas con medio electrónico o IVA devuelto o descontado a personas adultas mayores o con discapacidad. |
| 604 | compensación por ventas en zonas afectadas por Ley de Solidaridad; bloqueado para períodos fiscales de junio de 2017 en adelante. |
| 605 | Saldo crédito tributario del mes anterior por adquisiciones e importación. |
| 606 | Saldo crédito tributario del mes anterior por retención de IVA efectuadas al contribuyente. |
| 607 | Saldo por compensación de IVA por ventas con medio electrónico; uso exclusivo del SRI. |
| 608 | Saldo por compensación de IVA en zonas afectadas. |
| 623 | crédito tributario trasladado por procesos de fusion o absorcion de sociedades. |
| 492 | Fecha de inscripción en Registro Mercantil de escritura de fusion por absorcion. |
| 609 | retención de IVA que le han sido efectuadas al contribuyente en el período declarado. |
| 622 | IVA devuelto o descontado por transacciones con personas adultas mayores o con discapacidad. |
| 610 | Ajuste por IVA devuelto o descontado en adquisiciones con medio electrónico. |
| 611 | Ajuste por IVA devuelto o descontado en adquisiciones en zonas afectadas por Ley de Solidaridad. |
| 612 | Ajuste por IVA devuelto o rechazado imputable al crédito tributario por devoluciones de IVA. |
| 613 | Ajuste por IVA devuelto o rechazado imputable al crédito tributario por retención de IVA. |
| 614 | Ajuste por IVA devuelto por otras instituciones del sector público imputable al crédito tributario. |
| 615 | Saldo crédito tributario por adquisiciones e importación para el proximo mes. |
| 617 | Saldo crédito tributario por retención de IVA para el proximo mes. |
| 618 | Saldo para el proximo mes por compensación de IVA con medio electrónico; uso exclusivo del SRI. |
| 619 | Saldo para el proximo mes por compensación de IVA en zonas afectadas. |
| 624 | IVA pagado y no compensado que se carga al gasto de Impuesto a la Renta. |
| 625 | Ajuste por crédito tributario de IVA superior a cinco años. |
| 621 | IVA presuntivo o retención de IVA en ventas con diferentes porcentajes, según períodos y normativa aplicable. |
El sistema puede sugerir crédito tributario aplicable, IVA no considerado crédito, saldos y valores trasladados. Esos valores no reemplazan la conciliación: deben coincidir con declaración previa, contabilidad, comprobantes, retención y devoluciones.
#retenciones efectuadas como agente
El formulario separa las retención de IVA efectuadas por el contribuyente cuando actua como agente de retención. Estas retención son obligación frente al SRI y no deben confundirse con las retención que terceros practicaron al contribuyente.212
| Casillero | Uso operativo |
|---|---|
| 721 | retención de IVA efectuadas al 10%. |
| 723 | retención de IVA efectuadas al 20%. |
| 725 | retención de IVA efectuadas al 30%. |
| 727 | retención de IVA efectuadas al 50%. |
| 729 | retención de IVA efectuadas al 70%. |
| 731 | retención de IVA efectuadas al 100%. |
| 800 | devolución provisional de IVA mediante compensación con retenciones efectuadas; bloqueado para contribuyentes salvo reglas de sustitutiva para exportadores. |
| 802 | retenciones efectuadas y no pagadas por sector público, universidades y escuelas politecnicas. |
Cada porcentaje debe coincidir con el comprobante de retención y con la base de la operación. Si una compra contiene bienes o servicios con porcentajes distintos, debe separarse la base. Cuando no pueda diferenciarse, se revisa la regla aplicable para usar el porcentaje mayor.
#Prestadores digitales no residentes
Cuando un prestador de servicios digitales no residente debe declarar IVA directamente, la guía del formulario reduce el universo de casilleros. En ese caso se habilitan campos de ventas gravadas, impuesto generado, notas de crédito, transferencias a contado, impuesto a liquidar, impuesto causado, total consolidado, impuesto a pagar, intereses, multas y formas de pago.2
| Grupo | Casilleros mencionados por la guía |
|---|---|
| Ventas e impuesto | 401, 411, 421, 409, 419, 429, 443, 453, 480, 482, 484, 499 |
| Resumen y total | 601, 620, 699, 859, 902 |
| Pago | intereses, multas y formas de pago habilitadas por el sistema. |
Este tratamiento no debe mezclarse con el formulario completo de un contribuyente local. La condición de no residente, registro, catastro o intermediario de pago cambia quien percibe, retiene o declara el impuesto.
#devolución de ISD en el formulario
La guía del formulario contempla un bloque para exportadores habituales de bienes sobre devolución de Impuesto a la Salida de Divisas. No es liquidación del IVA, pero aparece dentro del formulario cuando el sistema lo habilita.2
| Casillero | Uso operativo |
|---|---|
| 700 | información base para devolución de ISD, según estructura habilitada. |
| 701 | Valor vinculado a devolución de ISD. |
| 702 | Valor vinculado a devolución de ISD. |
Si el contribuyente no es exportador habitual o no cumple condiciones, este bloque no debe llenarse por analogia. Debe existir soporte y habilitacion del sistema.
#Sustitutivas y pago previo
Una declaración sustitutiva corrige una declaración presentada, pero no todas las corrección tienen el mismo efecto. La LRTI regula corrección con mayor valor a pagar, errores que generan pago indebido, corrección dentro del año siguiente y sustitutivas en procesos de control.11
| Campo o situación | Uso |
|---|---|
| 104 | Campo asociado a sustitutiva cuando existe pago previo informativo, según la guía. |
| 890 | Pago previo informativo registrado en declaraciones sustitutivas. |
| Mayor valor a pagar | Genera intereses sobre la diferencia cuando corresponde. |
| Pago mayor al debido | Puede requerir reclamo de pago indebido en vez de simple ajuste libre. |
| Error sin impuesto a pagar o a favor del contribuyente | Puede tener plazo y condiciones específicas para sustituir. |
Antes de sustituir, debe conservarse la declaración anterior, su comprobante, pago, estado, cálculo de diferencias y fundamento de la corrección.
#declaración sin transacciones
Si el contribuyente no tiene información que reportar en el período, el formulario permite responder que no requiere informar valores. Esa opcion produce una declaración de cabecera sin datos transaccionales.2
| Estado | Significado |
|---|---|
| Sin transacciones cumplida | declaración sin datos ni valores aceptada como cumplida. |
| Sin transacciones sustituida | declaración sin transacciones reemplazada por una nueva declaración original con transaccionalidad para el mismo período. |
| declaración tardía sin transacciones | Puede activar preguntas adicionales y sanciones pecuniarias según el sistema y la normativa. |
No debe usarse declaración sin transacciones si existieron ventas, compras, retención, importación, saldos que deben trasladarse o información que el RUC obliga a reportar.
#Pago y formas de pago
Desde junio de 2026, la declaración de IVA con valor a pagar se considera cumplida cuando se registra junto con el pago total del impuesto, conforme a la resolución NAC-DGERCGC26-00000016 y la comunicacion pública del SRI.1314
| Forma o campo | Uso |
|---|---|
| 902 | Total impuesto a pagar. |
| intereses | Valor por mora cuando la declaración o diferencia se paga fuera de plazo. |
| Multas | Sancion por declaración tardía o reglas aplicables al caso. |
| título del Banco Central | Forma de pago habilitada cuando corresponde. |
| Notas de crédito desmaterializadas | Forma de pago que debe verificarse antes de considerar cumplida la declaración. |
| Otras formas de pago | Medios permitidos por el sistema para el período. |
| Convenio de débito | débito desde cuenta registrada o nueva cuenta ingresada en el sistema. |
| Comprobante electrónico de Pago | Soporte del pago generado o confirmado por el SRI. |
El pago parcial no basta cuando existe valor a pagar. Si el pago no se verifica completamente dentro del plazo, la declaración puede quedar pendiente o no cumplida y el contribuyente puede tener que ingresar nuevamente la declaración original con el pago completo.
#Estados de declaración
La guía del formulario distingue estados que afectan si la declaración puede sustituirse, si se considera cumplida o si debe volverse a presentar.2
| Estado | Lectura operativa |
|---|---|
| declaración pendiente | Tiene valores a pagar y espera verificacion de pago. Mientras este pendiente, no se permite nueva declaración del mismo período o posteriores por la verificacion de valores. |
| declaración cumplida | Pago completo verificado o formulario con información sin valor a pagar. Solo declaraciones cumplidas pueden sustituirse por cambios de transaccionalidad. |
| declaración no cumplida | Existe valor a pagar y no se verifico pago completo hasta la fecha maxima; debe ingresarse nuevamente la declaración original y pagarse completo. |
| Sin transacciones cumplida | declaración sin datos ni valores, solo cabecera. |
| Sin transacciones sustituida | declaración sin transacciones reemplazada por una declaración original con información. |
El estado es tan importante como el comprobante. Guardar solo el PDF o la captura de envío no prueba cumplimiento si el pago quedo pendiente o incompleto.
#Orden práctico de revisión
| Paso | Que revisar |
|---|---|
| 1 | obligación, periodicidad, régimen, agente de retención y período fiscal. |
| 2 | Preguntas que habilitan casilleros, especialmente tarifa 5%, tarifa reducida, importación de servicios y retención. |
| 3 | Ventas por tarifa, exportación, exentas, no objeto, reembolsos y notas de crédito. |
| 4 | Ventas a contado, ventas a crédito e impuesto a liquidar en este mes o en el siguiente. |
| 5 | Compras con derecho, sin derecho, tarifa 0%, exentas, no objeto, importación y notas de crédito. |
| 6 | Factor de proporcionalidad y crédito tributario aplicable. |
| 7 | Saldos del mes anterior, retenciones recibidas, devoluciones y ajustes. |
| 8 | retenciones efectuadas como agente y porcentajes aplicados. |
| 9 | Multas, intereses y pago previo si la declaración es tardía o sustitutiva. |
| 10 | Forma de pago y estado final de la declaración. |
El formulario debe cerrar con una conciliación entre contabilidad, comprobantes electrónicos, retención, anexos, saldos anteriores y pago. Si un casillero no puede explicarse con soporte, el problema no está en la pantalla sino en la preparación.
#Errores frecuentes
| Error | Riesgo |
|---|---|
| Responder mal las preguntas iniciales | Oculta casilleros necesarios o habilita bloques indebidos. |
| Tratar tarifa 0%, exento y no objeto como equivalentes | Distorsiona ventas, crédito tributario y factor de proporcionalidad. |
| Llevar compras sin derecho al crédito aplicable | Inflar saldos y generar ajustes futuros. |
| No trasladar correctamente 485 a 483 | Descuadre de ventas a crédito entre períodos. |
| No separar retenciones recibidas de retenciones efectuadas | Mezcla crédito del contribuyente con obligación como agente. |
| Usar factor de proporcionalidad sin clasificar compras | crédito tributario incorrecto. |
| Ignorar valores sugeridos o prellenados sin conciliación | Bloqueos de envío o diferencias contra información del SRI. |
| Presentar sin pagar completo desde junio de 2026 | declaración pendiente o no cumplida. |
| Usar guías antiguas del Formulario 104 | Casilleros, tarifas o estados desactualizados. |
#Controles antes de enviar
| Control | Evidencia esperada |
|---|---|
| período y obligación | RUC, calendario y obligación IVA correcta. |
| Ventas | Comprobantes emitidos, notas de crédito, exportación, exentas, no objeto y ventas a crédito conciliadas. |
| Compras | Comprobantes recibidos, importación, liquidaciones de compra, notas de crédito y clasificación de crédito. |
| retenciones recibidas | Comprobantes de retención y saldos anteriores. |
| retenciones efectuadas | Comprobantes emitidos por porcentaje y valor a pagar como agente. |
| Saldos anteriores | declaración previa y casilleros trasladados. |
| Factor | Matriz de ventas con derecho, total de ventas y compras comunes. |
| Sustitutiva | declaración anterior, pago previo, diferencia e intereses. |
| Pago | Forma de pago, comprobante electrónico y estado cumplido. |
#Referencias
- Servicio de Rentas Internas, "Formularios e instructivos", seccion Impuesto al Valor Agregado IVA, sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas, "guía para el llenado del Formulario Impuesto al Valor Agregado IVA", actualizada el 1 de junio de 2026, sri.gob.ec
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: formulario-iva-pasos.csv. Descarga: formulario-iva-pasos.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: formulario-iva-casilleros-ventas.csv. Descarga: formulario-iva-casilleros-ventas.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: formulario-iva-casilleros-adquisiciones.csv. Descarga: formulario-iva-casilleros-adquisiciones.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: formulario-iva-casilleros-resumen.csv. Descarga: formulario-iva-casilleros-resumen.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: formulario-iva-retenciones-pago-estados.csv. Descarga: formulario-iva-retenciones-pago-estados.csv
- Ecuapedia. Archivo de datos público. Archivo: formulario-iva-controles.csv. Descarga: formulario-iva-controles.csv
- Servicio de Rentas Internas, "Impuesto al Valor Agregado (IVA)", sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas, "Reglamento para la aplicación de la Ley de régimen Tributario Interno", PDF oficial publicado en el portal del SRI, sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas, "Ley de régimen Tributario Interno", PDF oficial publicado en el portal del SRI, sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas, "Normativa para agentes de retención y contribuyentes especiales", sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas, "resolución NAC-DGERCGC26-00000016", 15 de abril de 2026, sri.gob.ec
- Servicio de Rentas Internas, "declaración y pago del IVA se realizaran en un solo paso desde junio de 2026", boletin del 16 de abril de 2026, sri.gob.ec