El Consejo Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana, conocido como CNIMH, es el consejo nacional para la igualdad especializado en movilidad humana en Ecuador. Su función central es formular, transversalizar, observar, seguir y evaluar políticas públicas de igualdad y no discriminación relacionadas con personas en movilidad humana.123

El CNIMH pertenece a la arquitectura constitucional de los consejos nacionales para la igualdad. Estos órganos existen para asegurar la plena vigencia y el ejercicio de derechos reconocidos en la Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos.1

Para la ciudadanía, el CNIMH importa porque conecta movilidad humana, derechos, planificación pública, asistencia técnica, estudios, información pública y seguimiento de amenazas o vulneraciones de derechos. Sus rutas públicas en el portal estatal incluyen asesoría, capacitación, estudios, acceso a información, asistencia para planificación local y seguimiento de casos.3

#Ficha rápida

CampoDetalle
NombreConsejo Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana3
SiglaCNIMH
PaísEcuador
TipoConsejo nacional para la igualdad2
Función estatalFunción Ejecutiva2
MateriaMovilidad humana, igualdad y no discriminación12
CompetenciaNacional2
Integración legalRepresentantes del Estado y de la sociedad civil12
Instrumento de gestión indicadoAgenda Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana4
Dirección indicada en serviciosAv. Amazonas S/N, intersección M. Ayora y Alfonso Pereira, Plataforma Gubernamental Norte, Bloque Verde, piso 7, Quito4
Rutas públicasAsesoría, capacitación, estudios, acceso a información, planificación y seguimiento de casos3

#Naturaleza institucional

#Consejo de igualdad

La Constitución define a los consejos nacionales para la igualdad como órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de derechos. Sus atribuciones cubren formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materias como género, etnias, generaciones, interculturalidad, discapacidades y movilidad humana.1

La Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad desarrolla ese marco. Establece que los consejos son organismos de derecho público con personería jurídica, forman parte de la Función Ejecutiva, tienen competencia nacional y cuentan con autonomía administrativa, técnica, operativa y financiera.2

El consejo de movilidad humana comparte esa naturaleza con los consejos de género, intergeneracional, pueblos y nacionalidades, y discapacidades. La diferencia principal está en su eje de igualdad: movilidad humana.2

#Derechos de movilidad

La Constitución reconoce el derecho a migrar y prohíbe identificar o considerar ilegal a una persona por su condición migratoria. También reconoce derechos de asilo y refugio, y prohíbe el desplazamiento arbitrario.1

La misma Constitución dispone que el Estado vele por los derechos de las personas en movilidad humana y ejerza la rectoría de la política migratoria por medio del órgano competente, en coordinación con distintos niveles de gobierno, otros Estados y organizaciones de la sociedad civil.1

Esa regla separa dos planos. El CNIMH actúa como consejo de igualdad en movilidad humana; la rectoría, control migratorio, servicios consulares, visas, pasaportes, refugio o residencia corresponden a las autoridades competentes de cada materia.12

#Movilidad humana

#Alcance legal

La Ley Orgánica de Movilidad Humana regula derechos, obligaciones, institucionalidad y mecanismos vinculados con personas en movilidad humana. Su ámbito cubre emigrantes, inmigrantes, personas en tránsito, ecuatorianas retornadas, quienes requieren protección internacional y sus familiares.5

La ley define a la persona en movilidad humana como quien se moviliza de un Estado a otro, de forma voluntaria o forzada, con ánimo de residir o establecerse temporal o definitivamente. También define movilidad humana como movimientos migratorios para transitar o establecerse en un Estado distinto al de origen o residencia previa, generando derechos y obligaciones.5

Por eso, el tema no se reduce a extranjería dentro del Ecuador. Incluye ecuatorianos en el exterior, retorno, tránsito, inmigración, emigración, refugio, asilo, apatridia, trata, tráfico ilícito de migrantes y otras situaciones vinculadas con movilidad y protección de derechos.15

#Principios

La Ley Orgánica de Movilidad Humana incluye principios como ciudadanía universal, corresponsabilidad y complementariedad, igualdad ante la ley y no discriminación, integración regional, interés superior de niñas, niños y adolescentes, libre movilidad humana, no devolución, prohibición de criminalización y aplicación pro persona.5

Estos principios orientan el enfoque público de movilidad humana. En el trabajo del CNIMH, sirven para mirar si políticas, planes, servicios y decisiones públicas tratan a las personas en movilidad humana como titulares de derechos y no solo como expedientes migratorios.54

El portal estatal describe el enfoque de movilidad humana como un ejercicio conceptual, técnico y reflexivo para orientar la gestión pública hacia la garantía de derechos de personas en movilidad humana, más allá de su condición migratoria.46

#Integración

#Estado y sociedad civil

La Constitución dispone que los consejos nacionales de igualdad se integren de forma paritaria por representantes de la sociedad civil y del Estado, y estén presididos por quien represente a la Función Ejecutiva.1

La ley establece que cada consejo tiene diez consejeras o consejeros en total, con suplentes. Sus integrantes duran cuatro años, pueden reelegirse una vez y la presidencia corresponde a la persona designada por la Presidencia de la República, con voto dirimente.2

La representación de sociedad civil se selecciona mediante concurso público de méritos convocado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El proceso debe aplicar medidas de acción afirmativa y principios de paridad y alternabilidad.2

#Secretaría técnica

La gestión de los consejos se ejerce mediante una Secretaría Técnica. La persona titular de esa secretaría representa legal, judicial y extrajudicialmente al consejo.2

Entre sus tareas están preparar la propuesta de Agenda Nacional para la Igualdad, realizar estudios, diseñar metodologías e indicadores, elaborar informes anuales, dirigir la gestión administrativa, financiera y técnica, y mantener coordinación con las demás secretarías técnicas de consejos de igualdad.2

Esta estructura permite distinguir dos planos: el pleno paritario que integra Estado y sociedad civil, y la Secretaría Técnica que sostiene la operación institucional cotidiana.2

#Funciones principales

#Agenda de igualdad

La Ley de Consejos establece que las Agendas para la Igualdad contienen propuestas de políticas públicas de cada consejo. Estas agendas se articulan con la política sectorial y con la planificación nacional.2

El portal estatal presenta la Agenda Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana como el principal instrumento de gestión del CNIMH. Indica que se actualiza en cada periodo de gobierno junto con el Plan Nacional de Desarrollo y la Estrategia Territorial Nacional, y que contiene lineamientos de política pública para instrumentos de planificación nacional, sectorial y local.4

En la práctica pública, esa agenda funciona como instrumento de orientación, articulación e incidencia para que ministerios, gobiernos autónomos descentralizados y otras autoridades ejecutoras incorporen el enfoque de movilidad humana.24

#Transversalización

La transversalización busca que el enfoque de movilidad humana entre en la gestión de entidades públicas, gobiernos autónomos descentralizados, academia y ciudadanía organizada. El portal estatal la describe como incidencia para incorporar el enfoque y las propuestas de intervención de la agenda a nivel central y local.4

El trámite de asistencia técnica para planificación local está dirigido a entidades de la administración pública, GAD y organismos articulados con movilidad humana. Su propósito es apoyar la incorporación de lineamientos de política pública en instrumentos de planificación.4

Esto ubica al CNIMH como actor de asistencia técnica y coordinación. No ejecuta por sí solo todos los servicios de movilidad humana, pero ayuda a que las instituciones competentes los diseñen y apliquen con enfoque de igualdad y no discriminación.24

#Estudios e información

El portal estatal mantiene un servicio para requerir estudios, investigaciones, metodologías e instrumentos técnicos sobre movilidad humana. Esa ruta se orienta a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, ciudadanía y organismos vinculados con la temática.6

La ley atribuye a los consejos crear e institucionalizar sistemas de gestión de información de igualdad y no discriminación, además de diseñar metodologías, indicadores y herramientas de observancia de política pública.2

Estos insumos son importantes porque la movilidad humana atraviesa múltiples instituciones: cancillería, control migratorio, gobiernos locales, educación, salud, trabajo, protección social, justicia, seguridad y cooperación internacional.15

#Servicios públicos

#Asesoría y casos

El portal estatal del CNIMH presenta un servicio de asesoría y seguimiento a casos de amenazas o violación de derechos en movilidad humana. Está orientado a personas ecuatorianas en el exterior, ecuatorianas retornadas y personas extranjeras en Ecuador.7

La página del trámite indica que, después de recibir el requerimiento, puede haber una respuesta sobre la presunta determinación del hecho vulnerador y la remisión a la autoridad competente.7

Esto muestra una función de orientación, acompañamiento, seguimiento y articulación. La sanción, protección inmediata, investigación penal, regularización migratoria, refugio, documentación o prestación sectorial pertenecen a otras autoridades según el caso.71

#Capacitación

El CNIMH también ofrece asistencia técnica y capacitación sobre derechos humanos con enfoque de igualdad y no discriminación en movilidad humana. El portal estatal menciona temas como ordenamiento jurídico cantonal y provincial, movilidad humana en Ecuador y en el derecho internacional, xenofobia, refugio, migrantes no retornados y políticas de Estado.8

Esta ruta sirve para fortalecer capacidades públicas y sociales. Su sentido no es entregar una certificación universal ni resolver trámites migratorios, sino promover conocimiento, participación y coordinación para proteger derechos.8

La capacitación se conecta con la función legal de los consejos de desarrollar mecanismos de coordinación con entidades rectoras y ejecutoras, organismos especializados y distintos niveles de gobierno.2

#Información pública

El portal estatal lista un servicio de atención a solicitudes de acceso a información pública. Esta ruta permite pedir información generada por el CNIMH o relacionada con sus atribuciones institucionales.3

También aparecen servicios de requerimientos de información, estudios, investigaciones, metodologías e instrumentos técnicos. La combinación de acceso a información y producción técnica convierte al CNIMH en una puerta documental para comprender políticas de movilidad humana desde igualdad y no discriminación.36

La utilidad ciudadana de estas rutas depende de la pregunta concreta: una persona puede buscar información, asesoría o derivación, mientras que trámites de visas, pasaportes, protección internacional o control migratorio se gestionan ante las entidades competentes.15

#Coordinación estatal

#Entidades competentes

La Constitución atribuye la rectoría de la política migratoria al órgano competente, no al CNIMH. También ordena coordinación con distintos niveles de gobierno, otros Estados y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en movilidad humana.1

La Ley Orgánica de Movilidad Humana asigna múltiples competencias a autoridades específicas. Por ejemplo, las oficinas consulares tienen funciones de protección y asistencia a ecuatorianos en el exterior; otras autoridades intervienen en control migratorio, documentación, protección internacional, trata, tráfico, retorno, educación, trabajo o servicios sociales.5

El CNIMH se ubica dentro de esa red como consejo de igualdad. Su aporte es transversal: agenda, asistencia técnica, observancia, seguimiento, indicadores, estudios, coordinación y enfoque de derechos.24

#Casos de derechos

La Ley de Consejos permite poner en conocimiento de instituciones competentes casos de amenaza o violación de derechos, dar seguimiento a denuncias y, si corresponde, solicitar por medio de la Defensoría del Pueblo medidas cautelares ante juezas y jueces de garantías constitucionales.2

El servicio de casos del CNIMH refleja esa lógica: orientación frente a amenazas o vulneraciones, seguimiento y remisión a autoridad competente. Esa función es valiosa cuando una situación individual revela una barrera institucional o una brecha de igualdad.72

En consecuencia, el consejo no es una ventanilla única migratoria. Es un organismo de garantía transversal para que la movilidad humana sea tratada como asunto de derechos, igualdad, no discriminación y política pública coordinada.12

#Importancia ciudadana

#Enfoque transversal

El CNIMH es importante porque la movilidad humana toca varias áreas de la vida pública: migración, retorno, refugio, protección internacional, familia transnacional, niñez, educación, trabajo, salud, justicia, seguridad, gobiernos locales y relaciones internacionales.15

Su mandato ayuda a evitar que esas materias se traten solo como control administrativo. El enfoque de igualdad obliga a mirar discriminación, xenofobia, protección de derechos, acceso a servicios, coordinación territorial y participación de personas en movilidad humana.58

Para autoridades y ciudadanía, sus rutas públicas ofrecen información, asesoría, estudios, asistencia técnica, capacitación y seguimiento de casos. Para decisiones ejecutivas concretas, la persona debe acudir a la entidad competente según el trámite o derecho involucrado.37

#Límites del consejo

El control de fronteras, las visas, los pasaportes, el refugio, la regularización migratoria, la protección consular y la sanción de violaciones de derechos corresponden a la autoridad migratoria, cancillería, órganos judiciales, Defensoría del Pueblo, gobiernos autónomos descentralizados u otras entidades según el caso.15

Su papel es asegurar que las políticas públicas de movilidad humana incorporen igualdad, no discriminación, participación, información, observancia y seguimiento. En esa arquitectura, el CNIMH funciona como organismo de garantía transversal de derechos y política pública, no como autoridad migratoria general.24

#Referencias

  1. Ecuador. Constitución de la República del Ecuador, artículos 40, 41, 42, 156, 157 y 392. lexis.com.ec
  2. Ecuador. Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad, artículos 1 a 13. lexis.com.ec
  3. Gobierno del Ecuador. "Consejo Nacional para la Igualdad de Movilidad Humana". gob.ec
  4. Gobierno del Ecuador. "Requerimiento de asistencia técnica para la incorporación de las políticas públicas de movilidad humana en los instrumentos de planificación local". gob.ec
  5. Ecuador. Ley Orgánica de Movilidad Humana, artículos 1 a 3 y principios del título preliminar. lexis.com.ec
  6. Gobierno del Ecuador. "Requerimiento de estudios, investigaciones, metodología e instrumentos técnicos para la incorporación del enfoque de igualdad y no discriminación en la temática de movilidad humana". gob.ec
  7. Gobierno del Ecuador. "Asesoría y seguimiento a casos de amenazas y/o violación de derechos en la temática de movilidad humana". gob.ec
  8. Gobierno del Ecuador. "Atención a requerimientos de asistencia técnica y capacitación sobre derechos humanos con enfoque de igualdad y no discriminación en la temática de Movilidad Humana". gob.ec