Los aportes IESS son obligaciones mensuales del empleador relacionadas con afiliación, registro de novedades, materia gravada, aportes personales retenidos al trabajador, aportes patronales, fondos de reserva, planillas y mora patronal. Para contabilidad, la nómina no queda cerrada hasta conciliar rol, planilla IESS, variaciones, fondos de reserva, pago y bancos.
El IESS pública obligación del empleador, salarios de aportación y tasas de aportación. Para trabajadores del sector privado bajo relación de dependencia, la tasa total publicada es 20,60%, dividida en 9,45% personal y 11,15% patronal.1
El PDF oficial de tasas de aportación contiene cinco grupos principales de afiliados y el desglose por seguro, con aporte personal, aporte patronal y total. Para que la página no dependa solo del PDF, Ecuapedia conserva esa tabla como datos estructurados de apoyo: una tabla por grupo de afiliado y otra con 40 filas de desglose por concepto.
Datos de apoyo
Contenido
Tasas por grupo
Grupo de afiliado, aporte personal, aporte patronal y aporte total.
Desglose por concepto
Grupo de afiliado, concepto, aporte personal, aporte patronal y aporte total.
Campo
Uso
Grupo de afiliado
Define qué tasa aplicar antes de generar la planilla.
Concepto
Separa seguro de invalidez, vejez y muerte; LOD; salud; riesgos; cesantía; seguro social campesino; gastos de administración; total.
Aporte personal
Porcentaje que se retiene al trabajador.
Aporte patronal
Porcentaje que asume el empleador como gasto.
Total
Suma de aporte personal y patronal para el grupo o concepto.
Desde el primer día de labor, mediante aviso de entrada.
Enviar aviso de entrada
Dentro de los quince días siguientes al inicio de la relación laboral o prestación de servicios.
Informar novedades
Modificación de sueldo, enfermedad, separación u otra novedad dentro de tres días posteriores al hecho.
Pagar aportes
Dentro de los quince días posteriores al mes que corresponda.
Controlar materia gravada
Todo ingreso regular y susceptible de apreciación pecuniaria, no inferior a la base establecida por IESS.
Emitir variaciones
Registrar cambios de sueldo, actividad sectorial u otras novedades que afecten historia laboral.
Mantener obligación al día
Evitar mora patronal, responsabilidad patronal y problemas con certificado de cumplimiento.
La página oficial de obligaciones IESS resume estas reglas para inscripción, novedades, pago de aportes, tiempo parcial y rubros de salario de aportación.2
Ingresar a servicios por internet, escoger empleadores, actualizar datos del registro patronal, sector, RUC o cédula y tipo de empleador.
Aviso de entrada
Afiliar desde el primer día de labor y remitir dentro de quince días.
Aviso de salida
Informar separación u otra novedad dentro de tres días posteriores.
Variación de sueldo
Registrar novedades que afectan historia laboral del afiliado.
Cambio de actividad sectorial
Actualizar actividad cuando cambie la clasificación de la empresa o trabajador.
Cargas batch
Usar cargas masivas cuando el volumen de trabajadores lo requiera.
Certificado de obligaciones patronales
Revisar si el empleador registra o no mora con IESS.
El portal de empleador IESS organiza servicios como registro de empleador, avisos de entrada y salida, obligaciones patronales, salarios de aportación, códigos sectoriales, mora patronal y responsabilidad patronal.3
El IESS define salario de aportación como todo ingreso regular que percibe el trabajador. Para efectos de aporte, el sueldo básico mensual no puede ser inferior al SBU, salario básico sectorial, salario fijado por leyes de defensa profesional o escala de remuneraciones de servidores públicos, según corresponda.4
Rubro
Tratamiento de control
Sueldo mensual
Base ordinaria de aporte.
Comisiones regulares
Integran materia gravada si son ingreso regular.
Horas suplementarias y extraordinarias
Revisar integración a materia gravada según nómina.
Bonos habituales
Si son regulares y de libre disponibilidad, revisar aportación.
Beneficios no remunerativos
Separar y documentar naturaleza.
SBU
Base mínima general cuando no hay mínimo superior.
Salario sectorial
Base mínima si aplica por rama o cargo.
Jornada parcial
Base proporcional por días laborados, con regla especial de salud indicada por IESS.
La tabla oficial de tasas del IESS desagrega aporte personal, patronal y total por tipo de trabajador.1 La tabla siguiente reproduce los cinco grupos incluidos en el PDF oficial.
Tipo de afiliado
Personal
Patronal
Total
Sector privado bajo relación de dependencia y miembros del clero secular
9,45%
11,15%
20,60%
Empleados bancarios, municipales, entidades públicas descentralizadas, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles
11,45%
11,15%
22,60%
Servidores públicos, incluido magisterio y Función Judicial u otras dependencias que prestan servicios públicos
11,45%
9,15%
20,60%
Funcionarios del servicio exterior residentes en el extranjero
Para trabajadores del sector privado bajo relación de dependencia, el PDF de tasas del IESS muestra el siguiente desglose.1
Concepto
Personal
Patronal
Total
Seguro de invalidez, vejez y muerte
6,64%
3,10%
9,74%
Ley Orgánica de Discapacidades
0,10%
0,00%
0,10%
Seguro de salud
0,00%
5,71%
5,71%
Seguro de riesgos del trabajo
0,00%
0,55%
0,55%
Seguro de cesantía
2,00%
1,00%
3,00%
Seguro social campesino
0,35%
0,35%
0,70%
Gastos de administración
0,36%
0,44%
0,80%
Total
9,45%
11,15%
20,60%
La página oficial de tasas recuerda además el aporte adicional de 0,10% sobre materia gravada para financiar prestaciones previstas por la Ley Orgánica de Discapacidades.5
El IESS es recaudador del fondo de reserva de empleados, obreros y servidores públicos afiliados al Seguro General Obligatorio que prestan servicios por más de un año para el mismo empleador. Si el afiliado no decide ahorrar en el IESS, recibe con salario un valor equivalente al 8,33% de la remuneración de aportación; si decide acumular, el empleador deposita mensualmente el 8,33% junto con la planilla mensual de aportes.6
Control
Regla
Nacimiento del derecho
Más de un año con el mismo empleador.
Porcentaje
8,33% de remuneración de aportación.
Pago directo
Se paga con salario si el afiliado no acumula.
Acumulación IESS
El afiliado solicita acumulación; empleador deposita en IESS.
Plazo
Primeros quince días del mes siguiente al que corresponda.